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MOP-Ciade: Corte revocó procesamiento por fraude al Fisco a Carlos Cruz

Esta resolución, junto con ser un triunfo para la defensa de Cruz,podría importar, además, el cambio en el criterio de fallo que hasta ahora ha tenido la sala con las actuaciones de Chevesich, en la tramitación del proceso.


La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, revocó por unanimidad el auto de procesamiento por el delito de fraude al Fisco que había dictado el año pasado juez Alejanro Rivera
en contra del ex ministro de Obras Públicas, Carlos Cruz, en el marco del caso MOP-Ciade, que hoy sustancia la ministra en visita Gloriana Chevesich.



La resolucuión de seis páginas, estableció dejar sin efecto el encausamiento de Cruz debido a que no se configuró la el delito del artículo 239 del Código Penal, ya que no hubo pérdida para el Fisco.



El tribual de alzada capitalino, además, tomó en consideración el fallo que dictó el 27 de mayo 2003 la Segunda Sala (Penal) de la Suprema, cuando revocó el procesamiento del seremi Manuel Francisco Castañeda, en el marco de este mismo caso.



En el fondo, la resolución establece que el «problema» investigado es la "actuación de las más altas autoridades del MOP, que instalaron en esa cartera, un sistema que permitía remunerar a determinados funcionarios con ingresos superiores a los establecidos por las normas vigentes que regulaban la materia".



Fue en ese contexto que se celebró el convenio entre la Dirección General del MOP y el CIADE de la Universidad de Chile, "el cual más allá de su finalidad explicitada, sirvió de instrumento para materializar en el caso de los Seremis del MOP, la política reseñada anteriormente", dice la resolución.



La determinación adoptada por unanimidad por la Séptima Sala, por los ministros Juan Eduardo Fuentes, Alejandro Solís y el abogado integrante Angel Cruchaga, es un golpe a los argumentos jurídicos dictados por el magistrado y hoy llevada por Chevesich. Esto porque los magistrados en cuestión sostienen que la conducta de Carlos Cruz "no constituye delito".



Esta resolución sin duda es un triunfo para la defensa de Cruz y podría importar, además, el cambio en el criterio de fallo que hasta ahora ha tenido la sala con las actuaciones de Chevesich, en la tramitación del proceso.



De hecho, al principio de la resolución, los ministros les hacen un sutil "tirón de orejas" judicial a la magistrada, ya que basándose en el artículo 278 del Código de Procedimiento Penal (CPP), Chevesich dictó no "no ha lugar" cuando se le pidió revisar el auto de procesamiento a Cruz, atendido a que la resolución había sido ya confirmada por la Corte.



Sin embargo, los magistrados estimaron que, primero, todo procesamiento es revisable y que la resolución aludida por Chevesich, era la apelación interpuesta por otro de los procesados, a saber, Eduardo Arraigada y no por Cruz.



Por esta razón es que decidieron revisar el fondo del procesamiento dictado por la aludida ministra.



Carlos Cruz fue sometido a proceso por primera vez en este caso, el 9 de enero del 2003 por el ministro que inició la investigación, Carlos Aránguiz. En la ocasión, tanto el ex secretario de Estado, como el dueño de GATE, Héctor Peña Véliz, y el ex jefe de Vialidad del MOP, Sergio Cortés, fueron encausados por el delito de fraude al fisco por la suma de 311 millones 166 mil 421 pesos.



Posteriormente, el 23 de abril pasado, la magistrada Chevesich lo encausó bajo los cargos de fraude al Fisco, por contratos ascendientes a $ 567 millones que la Dirección General de Obras Públicas y la subsecretaría de la repartición firmaron con la consultora EGO Limitada, que posteriormente cambió su razón social a la de GESYS Limitada.



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