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Lea el protocolo de acuerdo entre el Gobierno y la Concertación


1. Se establecerá en el reglamento de la Ley de Autoridad Sanitaria una disposición que obligue a la elaboración de un Plan de Salud Pública como parte integrante del Plan Nacional de Salud a que se refiere ese cuerpo legal, que señale lo siguiente:



«El Ministerio de Salud, a través de la subsecretaría de Salud Pública, publicará el primero de diciembre de cada año el plan nacional de salud pública que contendrá las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad que deberán ser realizadas durante el año calendario siguiente. En especial dicho plan deberá señalar las actividades de promoción de la salud diseñadas para controlar los factores de riesgo de las patologías más frecuentes, en concordancia con los objetivos nacionales de salud y contener las coberturas esperadas de los programas de vacunación por grupos de edad, las coberturas de los programas médicos de pesquisa de factores de riesgo o diagnóstico precoz de las enfermedades que son consideradas prioridades nacionales y forman parte de las garantías explícitas en Salud, y los objetivos y grupos de la población beneficiados con el programa nacional de alimentación complementaria. Además deberá contener las medidas que se pondrán en ejecución para el control y eventual erradicación de las enfermedades transmisibles que representan una amenaza para la salud de la población. El plan nacional de salud pública será seguido en enero del año siguiente por la publicación de los planes regionales, a cargo de las respectivas Secretarías Regionales Ministeriales de Salud. Dichas publicaciones tendrán difusión nacional y regional y serán puestos en conocimiento de los respectivos Consejos Regionales de Salud».



2. Reforzamiento de la Atención Primaria. El Ejecutivo contempla un incremento significativo del presupuesto de la Atención Primaria de Salud, por la incorporación de la cobertura garantizada de patologías que se resuelven en la Atención Primaria como la diabetes tipo II, la hipertensión arterial y la neumonía comunitaria.



En el marco fructífero del debate que se ha desarrollado con respecto al proyecto de ley que crea las Garantías Explícitas en Salud, el Ejecutivo se compromete a darle urgencia a la tramitación del proyecto de ley que modifica la ley de Isapres, en segundo trámite constitucional en el Senado, en el cual el Ejecutivo propondrá y procurará la creación de un Fondo de Compensación de Riesgos, que contribuya a evitar la discriminación de los afiliados de mayor riesgo en salud en las isapres, y la segmentación que existe actualmente en éstas y Fonasa.



Este reforzamiento se acompañará de la capacitación de los profesionales de la Atención Primaria en Salud para la aplicación rigurosa de los protocolos AUGE y la transferencia de las tecnologías que ello requiere.



3. El Ejecutivo expresa su voluntad para procurar una adecuada presencia de especialistas básicos en la atención primaria.

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