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Corte Suprema revocó cierre de planta Valdivia de Celulosa Arauco

Máximo tribunal consideró »extemporáneo» el recurso de protección presentado por organizaciones ciudadanas y que en abril había sido acogido por la Corte de Apelaciones de Valdivia. A pesar de ese formalismo, también desestimó las acusaciones que sindicaban a la empresa como responsable de la muerte de cisnes de cuello negro del humedal del río Cruces.


La Primera Sala de la Corte Suprema, en fallo unánime, revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia, que había decretado el cierre de la planta «Valdivia» de la Celulosa Aurauco Constitución (Celco).



En abril pasado, el tribunal de alzada había acogido un recurso de protección presentado por la organización Acción por los Cisnes, por estimar que se habían efectuado modificaciones al proyecto original aprobado por la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema) de Los Lagos en 1998.



En ese sentido, también ordenó a la empresa someter todos los cambios al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).



La decisión, sin embargo, fue revocada por los ministros Eliodoro Ortiz, Domingo Kokish, Jorge Martínez Ariztía y los abogados integrantes René Abelliuk y Oscar Carrasco, integrantes de la Primera Sala del máximo tribunal.



Los magistrados estimaron que la acción de protección presentada el 12 de enero de este año fue interpuesta "extemporáneamente", ya que la autorización que le otorgó la Corema a la planta de celulosa fue emitida en 1998, y que el 3 de octubre del año pasado ya había quedado «totalmente a firme».



En ese sentido, estiman que se habría vencido el plazo de 15 días para presentar este tipo de recursos, según lo estableció un auto acordado de la Corte Suprema.



"Desde luego, no se comparte la tesis de los recurrentes que un acto, por ejecutarse de manera continua, estaría renovando permanente el plazo para interponer el recurso de protección, pues ello haría que la mayoría de estos no tuvieran plazo", sostiene la resolución del tribunal.



La decisión de la Suprema se suma a la adoptada la semana pasada por la Corema de Los Lagos, que desestimó el cierre de la planta como sugerían organizaciones locales, y en cambio ordenó a la empresa reducir su capacidad de producción de 550 mil toneladas a 440 mil toneladas



Razones de fondo



Aún cuando el recurso hubiese sido presentado dentro del plazo legal, igualmente se tendría que haber rechazado porque no existen pruebas de que el río Cruces y, por ende, el Santuario de la Naturaleza "Carlos Arwandter" haya sido contaminada por la planta o que exista "una amenaza de contaminación".



"En efecto, dictada la Resolución de Calificación Ambiental por la Corema de la Décima Región el año 1998, la empresa consultora MA&C concluyó que se habrían producido 19 desviaciones a dicha resolución, pero que sólo tres de éstas son mayores. Es decir, que efectivamente hubo un aumento de la capacidad de producción de la planta de 550 mil toneladas anuales a 685 mil toneladas anuales", añade la resolución.



Al respecto, los ministros sostienen que no existe ninguna prueba que demuestren que Celco está produciendo más de la primera cifra, por lo que estaría dentro de los márgenes autorizados por la autoridad ambiental de Los Lagos.



En cuanto a la instalación de una descarga alternativa de riles (residuos industriales líquidos), el tribunal señaló que también se demostró en el proceso que ésta no ha operado en la práctica y fue sellada por la firma en diciembre del año pasado, es decir, antes que el recurso de protección fuera presentado.



Sobre la tercera acusación, que se refiere a que la empresa evacuaba aguas al río de sus procesos productivos, conjuntamente con las aguas lluvias, el tribunal la desestimó al señalar que en diciembre de 2004 fueron separadas dichas aguas y que la empresa informó de esto a la Corema.



Informe de la UACH



El tribunal también se refirió al estudio de la Universidad Austral, en que se evidenció que las aguas del río Cruces presentan una alta concentración de hierro, que afecta al luchecillo, el principal alimento de los cisnes de cuello negro y que habrían causado su muerte.



Al respecto, la magistratura afirma que de acuerdo a los documentos acompañados por al empresa, se comprueba que la planta Valdivia de Celco, sólo no lanza hierro a las aguas, sino que en su proceso de extraer aguas del río Cruces, tratarlas y verterlas de nuevo al afluente, extrae dicho mineral que ya tenían aquellas.



Asimismo, agrega que el río Cruces ya tenía concentración de nueves metales pesado antes que entrara en funcionamiento la planta de Celulosa.



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ADEMÁS:



Vea el fallo completo (Texto en formato PDF)



Declaración de Acción por los Cisnes



Declaración de Celulosa Arauco

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