Publicidad

Suprema elabora auto acordado por vacío legal en Tribunales de Familia

Ley que creó las nuevas magistraturas dejó de lado las facultades que deben tener los jueces del área para dictar medidas cautelares o de protección de los menores de edad que son infractores. El Congreso tramitará de urgencia un proyecto para regular este aspecto, aunque sólo aprobaría la nueva legislación a fines de octubre.


Aunque el nuevo sistema legal para abordar las problemáticas relacionadas con los Tribunales de Familia contempla una serie de avances para lograr una intervención interdisciplinaria en dichas materias, la normativa que regula dichas instancias excluyó todo lo relativo al procedimiento y medidas cautelares que sea necesario aplicar para los menores de edad infractores de la Ley.



De hecho, durante las últimas semanas este tema ha representado una preocupación para los magistrados que desde el próximo 1 de octubre deberán desempeñar estas funciones que, aunque de un más bajo perfil que la reforma procesal penal, representan un cambio radical en la manera de cómo solucionar conflictos relacionados con el ámbito familiar y de menores.



El problema advertido por algunos magistrados es que el proyecto sobre responsabilidad penal juvenil -que está siendo tramitado por el Congreso- sólo regula el procedimiento, medidas cautelares y posibles sanciones para los adolescentes entre 14 y 18 años, haciéndoles imputables y eliminando el trámite del discernimiento.



Sin embargo, ni esa norma ni la que crea los Tribunales de Familia contempla el procedimiento que debe adoptarse en caso de los menores de 14 años infractores de la ley, vale decir, los jueces de familia no tienen descrita ninguna de las atribuciones que puede ejercer en casos de esta naturaleza.



Medidas cautelares



Actualmente, la ley de Menores establece una serie de procedimientos para quienes tengan menos de 16 años y aquellos de hasta 18 años que el juez establezca que violaron la ley sin discernimiento.



La norma establece que el juez de Menores podrá devolver al niño a sus padres o tutores, previa amonestación; someterlo a un régimen de libertad vigilada; o confiarlo a instituciones o personas que establece la ley, a fin de garantizar su educación.



Sin embargo, debido al vacío legal existente, los jueces de familia no tendrían atribuciones para retener al menor hasta que lleguen sus padres, o aplicar algunas de las otras normas previstas en la actual ley de Menores.



Auto acordado



Ante esta peligrosa falencia, la Corte Suprema -que dedicó parte del pleno del viernes al estudio de esta materia- comenzó a elaborar un auto acordado para extender la aplicación de la actual norma que regula el accionar de los Juzgados de Menores.



El objetivo es que los nuevos tribunales puedan regirse por las actuales disposiciones que rigen en dicha materia, las cuales serán derogadas por la nueva legislación de Tribunales de Familia, que comienza a regir el próximo sábado.



Sin embargo, existen aprensiones acerca de si la alta magistratura tiene facultades para disponer la permanencia de normas que son tácitamente derogadas por otra.



Al respecto, cabe recordar la polémica que se originó con la disposición que fijó plazos para el cierre de los procesos por violaciones a los derechos humanos, pasando por encima de lo que establece la ley, lo que incluso originó amenazas de acusaciones constitucionales contra los integrantes de la Corte Suprema.



Proyecto con urgencia



Consultado al respecto por El Mostrador.cl, el diputado DC Jorge Burgos, miembro de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia dela Cámara baja, reconoció que dicha falencia normativa fue advertida por el Legislativo y Ejecutivo mediante la recepción de correos electrónicos.



Sin embargo, informó que el pasado 14 de septiembre fue aprobado en la comisión un proyecto ingresado con carácter de urgente, que apunta a resolver este vacío legal, a través de incluir modificaciones a la nueva Ley de Familia.



Se estima que la iniciativa será vista el próximo miércoles por la Sala de la Cámara, tras lo cual debe esperarse el pronunciamiento del Senado, en segundo trámite constitucional, por lo que es muy improbable que el proyecto sea visado y promulgado antes del sábado próximo.



Según sostuvo, las expectativas son que estos cambios legales concernientes a temas abordados por estos nuevos tribunales, así como a las medidas de protección para los menores de edad, puedan ser promulgadas a fines de octubre.





_____________

Publicidad

Tendencias