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Suprema ordena restituir en su cargo al subdirector del I. de Neurocirugía

La Tercera Sala del máximo tribunal, en un fallo inédito, acogió un recurso de protección a favor del médico cirujano Juan Pedro Aros, quien recurrió a los tribunales por las represalias que le significó haber participado en movilizaciones de funcionarios en contra del director del establecimiento hospitalario, Jaime Lavados.


En un fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección a favor del subdirector del Instituto Nacional de Neurocirugía «Dr. Asenjo», Juan Pedro Aros, y ordenó al Servicio de Salud Metropolitano Occidente terminar con una comisión de servicios que lo mantuvo alejado de sus funciones originales por cerca de un año y cuatro meses, tras haber participado en movilizaciones contra el director de dicho establecimiento, Jaime Lavados.



La alta instancia judicial, integrada por los ministros Ricardo Gálvez, María Antonia Morales, Milton Juica, Adalis Oyarzún y Domingo Yurak, confirmó la decisión adoptada por la Novena Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el pasado 30 de enero falló en el mismo sentido en virtud del acoso laboral y persecución laboral que sufrió Aros de por parte de sus superiores.



El tribunal de alzada capitalino consideró que tanto este último facultativo, como el jefe del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, Enrique Ayarza Ramírez, vulneraron el principio de igualdad jurídica al enviar al doctor Aros al ordenarle prestar funciones en «condiciones degradantes y hostiles que le han producido trastornos psicológicos que le han llevado a ser internado en la Clínica Alemana, afectado por un cuadro ansioso y depresivo».



Movilización



En los descargos presentados por ambos superiores del afectado, primero se esgrimió que esta acción judicial debía ser rechazada por haberse presentado fuera de plazo (extemporánea), pero también argumentaron que en el marco de una paralización de funcionarios al interior del establecimiento, en la cual incluso hubo actos de violencia, «resultó insólito que el actor formulara declaraciones a radio Cooperativa y a otros medios, favoreciendo la realización de este acto huelgístico absolutamente ilegal».



La movilización se refiere a la serie de protestas que emprendieron los trabajadores del Instituto de Neurocirugía en junio de 2004, y que se extendió por 24 días, en demanda de la salida del director del establecimiento, Jaime Lavados, a quien acusaban de irregularidades financieras.



Los funcionarios responsabilizaban a Lavados de la deuda de $ 850 millones que tiene el recinto asistencial -que a fin de ese año es elevó a $ 1.200 millones-, así como de un traspaso irregular de un resonador nuclear avaluado en $ 6.200 millones. Pese a las protestas, el directivo apenas accedió a realizar una auditoría externa a su gestión.



«Por estas actividades reñidas con la ley, (al doctor Aros) se le instruyó un sumario administrativo, sancionándolo con la medida disciplinaria de suspensión por tres meses. Estos actos, a su vez, motivaron que fuera calificado en lista cuatro de eliminación», se consignó por parte de los recurridos.



Igualdad jurídica



Frente a esta situación, el máximo tribunal, en un fallo sin precedentes, consideró que la medida adoptada de enviar al afectado a una comisión de servicio para realizar funciones de menor jerarquía tuvo por fin «perjudicar, hostigar y acosar al doctor neurocirujano demandante, destacado especialista en la materia».



«Además, las comisiones decretadas constituyeron, en el hecho, , un cambio de funciones propias de su cargo y de inferior jerarquía (…) -La igualdad jurídica- es una garantía constitucional que es pieza fundamental del edificio institucional democrático, así como del propio Estado de derecho», consigna el fallo.



En ese sentido, la alta magistratura consideró que estas medidas adoptadas en contra de Pedro Aros fueron ilegales y arbitrarias, por lo cual ordenó dejar sin efecto las comisiones de servicio que lo destinaron a otras reparticiones del ministerio de Salud y, en consecuencia, que el afectado reasuma sus funciones en el Instituto de Neurocirugía como subdirector, mientras que las costas del juicio deberán ser asumidas por su contraparte.



Persecución política



Al referirse al fallo de la Suprema, el representante del médico afectado, Jorge Iván Saavedra, dijo que su cliente aún tiene temor de volver a ejercer sus funciones, ya que sospecha que el doctor Lavados seguirá en una actitud persecutoria en su contra.



«Estoy convencido que este no termina acá, el doctor Lavados va a tratar de hacer algo en contra de mi cliente. En la administración pública hay un fenómeno muy poco debatido y es que a los funcionarios indeseados, por motivos ideológicos o políticos, los tratan de eliminar. En el caso del doctor Aros, que es de centro derecha, se ocupó la comisión de servicios, con el fin de acosarlo y hostigarlo laboralmente para forzar su renuncia», añadió.



En cuanto a las querellas que interpuso su cliente para acusar eventuales irregularidades cometidas por el director del Instituto de Neurocirugía, el profesional explicó que éstas se encontraban paralizadas en espera de este fallo, pero que ahora se volverán a reactivar.



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