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Corte de Apelaciones confirma proceso a Pinochet por evasión tributaria

Quinta Sala del tribunal de alzada ratificó los encausamientos que pesan contra el ex militar por el delito tributario y también por el uso de pasaportes falsificados. Sin embargo, dejó sin efecto los cargos por falsificación de un certificado de la Subsecretaría de Guerra y omisiones en su declaración jurada de bienes.


En un fallo unánime, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó los procesamientos que pesan contra el general (R) Augusto Pinochet Ugarte por los delitos de evasión tributaria y uso de pasaportes falsificados, en el marco de la investigación sobre la millonaria fortuna que acumuló en el extranjero.

Los ministros Haroldo Brito, Rosa María Maggi y Mauricio Silva Cancino estuvieron por ratificar los cargos elevados por el magistrado que instruye el llamado caso Riggs, Carlos Cerda, según confirmaron fuentes judiciales a El Mostrador.cl.

De esta manera, el ex militar continuará encausado en calidad de autor de una evasión tributaria de 1.592 millones de pesos, por conceptos de impuestos de primera categoría y global complementario, entre 1999 y 2004, período que pueda ser perseguido penalmente.

Sin embargo, las investigaciones del juez Cerda -que es reemplazado por la magistrada María Eugenia Ocampo, debido a que el titular se encuentra recusado- han permitido establecer que entre 1984 y 2004 la defraudación fiscal 5.754 millones de pesos.

En su dictamen, el tribunal descartó acoger la causal de prescripción esgrimida por la defensa de Pinochet, ya que la etapa procesal en que se encuentra la causa «no permite pronunciarse al respecto», y ya que antes se debe considerar «la multiplicidad de hechos concretos que es necesario esclarecer en esta investigación, de modo que sólo una vez que ésta se encuentre agotada, en la etapa procesal debida estará el tribunal en situación de resolver la materia».

También desestimó que las razones de salud esgrimidas por la defensa de Pinochet para cerrar el proceso que se lleva en su contra, argumento que en el pasado le permitió sortear una serie de procesos por violaciones a los derechos humanos.

«Habiéndose aportado diversos antecedentes contradictorios en torno a las condiciones mentales del imputado, considerando especialmente los últimos informe médicos conocidos, en la actual etapa de la investigación, no resulta jurídicamente posible sostener que aquél sufra de alguna patología de la que pueda derivar la incapacidad procesal lo inhabilite para ser sujeto pasivo de un juicio penal, como reiteradamente lo ha señalado la defensa», sostiene la resolución.

Se trata de la segunda vez que un tribunal de alzada confirma procesamientos dictados contra Pinochet, luego que en febrero pasado la Sexta Sala de la Corte de Santiago ratificara los cargos contra Pinochet como autor de tres secuestros calificados, en el marco de la Operación Colombo.

Pinochet «faltó a la fe»

Pese a ratificar ambos ilícitos, los magistrados decidieron revocar los cargos dictados por Cerda el pasado 23 de noviembre, por los delitos de falsificación de instrumento público -un certificado de la Subsecretaría de Guerra- y omisión de bienes en su declaración jurada.

Aunque había trascendido que la revocación de dos de los procesamientos se había adoptado porque los delitos se encontraban prescritos, el fallo estableció que los jueces estimaron que, a pesar de haber faltas a la ética, éstas no pueden ser consideradas como ilícitos.

En el caso de la declaración jurada de bienes, el tribunal de alzada estimó que «aunque el declarante faltó a la fe del juramento al omitir revelar la totalidad de sus bienes, no prestó la declaración ante la declaración ante la autoridad o sus agentes, y a la época en que se formuló (19 de octubre de 1989) no estaba ese juramento prescrito por la ley como exigencia de un acto dispuesto para resguardar la probidad de los funcionarios del Estado».

Respecto a los certificados de la Subsecretaría de Guerra, señaló que pese a que éstos fueron confeccionados sin la intervención de dicha repartición del Ministerio de Defensa, como no tenían fecha, firma ni sello, no pueden ser considerados como falsificación de instrumento público, sancionada en el inciso 1° del artículo 265 del Código Penal.

«Estos carecen de firma atribuida a un funcionario y de sello, lo que lleva a estimar que no tienen condiciones para que puedan ser considerados como aparentes certificados de funcionarios públicos, y porque en tales circunstancias no son aptos para comprometer intereses públicos o privados, amén de que su contenido se corresponde con los registros institucionales agregados a la causa», agrega el dictamen.

Recurso de hecho

Con todo, la resolución aún está sujeta a confirmación por parte de la Corte Suprema. Si bien las apelaciones a procesamientos no pueden ser conocidas por el máximo tribunal, en la práctica esta instancia deberá pronunciarse, al menos sobre la forma, a raíz de un recurso de hecho presentado por la defensa del ex militar.

El equipo jurídico del nonagenario ex jefe castrense acusó que en la jornada en que se escucharon los alegatos en la Quinta Sala estuvo presente el juez Jorge Zepeda, que en su momento subrogó al otrora ministro titular del caso, Sergio Muñoz.

Si bien Zepeda se limitó a informar sobre su causal de inhabilidad, razón por la que se convocó a Silva Cancino, para la defensa de Pinochet la audiencia debió suspenderse por cinco días.

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