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Cuestionan facultades de la Corte Marcial para nombrar a juez Solís

Defensa del general (r) Guillermo Letelier Skinner, ex director de Famae, sostuvo que las normas en que se basó la designación hecha por el tribunal de alzada castrense estaban derogadas por la vigencia del nuevo sistema procesal penal. Aunque la decisión quedó en acuerdo, trascendió que el recurso sería rechazado por la mencionada magistratura.


Una arriesgada interpretación jurídica planteó la defensa del ex jefe de Famae, general (r) Guillermo Letelier Skinner, ante la Corte Marcial, al sostener que dicho tribunal carecía de atribuciones para designar ministros en visita extraordinaria, ya que dichas facultades habrían sido derogadas cuando se modificó el Código Orgánico de Tribunales (COT) con la vigencia del nuevo sistema penal, que comenzó a regir el 16 de julio de 2005.



El abogado del uniformado, Mauricio Hernández, sostuvo que el artículo n° 560 del COT, limitó los nombramientos de este tipo de magistrado a sólo cuando se trate de causas civiles que puedan afectar las normas internacionales y que se tramiten por la justicia civil. En ese esquema, sostiene que se limitaría el Código de Justicia Militar, norma por la cual se realizó el nombramiento del ministro Alejandro Solís para realizar una nueva investigación por el contrabando de 11 toneladas de pertrechos a Croacia, en 1991, negocio ilegal llevado a cabo por Famae.



En los alegatos del recurso de amparo que interpuso a favor de su cliente, Hernández recordó que el nombramiento de este juez fue el 18 de octubre de 2005, es decir, con posterioridad a la aplicación del nuevo sistema penal. En esa fecha, el tribunal de alzada castrense, de manera unánime, repuso la causa a estado de sumario, ya que todo el proceso tramitado por el Segundo Juzgado Militar adolecía de errores graves, tomando esta decisión al conocer de las apelaciones de las primeras sentencias, que sancionaron solo a funcionarios menores dentro de Famae.



En caso que este planteamiento fuera acogido, el ministro designado para investigar el tráfico de armas a Ecuador, en 1995, Joaquín Billard también vería afectada su competencia, ya que el magistrado fue designado por la Corte Marcial en mayo de este año.



El general (r) Letelier Skinner, junto a otros cuatro ex uniformados, está procesado por los delitos de exportación ilegal de material bélico y falsedad, por engañar a las autoridades civiles de la época acerca del destino del armamento, ya que todos los permisos válidamente tramitados daban cuenta que esta venta -de supuesto material obsoleto- tenía como país destinatario a Sri Lanka.



En otro aspecto, su defensa también argumentó que los hechos que se están investigando estarían preescritos, ya que datan de hace 14 años atrás, mientras que sólo a principios de este año fue citado por primera vez como inculpado, estimando que esa es la primera actuación del tribunal en dirigir la investigación en contra del alto oficial en retiro.



Rechazo del recurso



Por su parte, tanto el Ministerio Público Militar (MPM) como el Consejo de Defensa del Estado (CDE) pidieron a la Corte Marcial rechazar este recurso, tendiente a anular los cargos de Letelier Skinner, sosteniendo que las normas adecuatorias para la aplicación del sistema penal no modificaron de forma alguna el Código de Justicia Militar, por lo cual esta magistratura castrense tiene todas las atribuciones para designar ministros en visita, por lo cual esa decisión está plenamente ajustada a derecho.



El MPM, representado por Marcelo Torsche, también sostuvo que este recurso de amparo es extemporáneo, ya que la amenaza a las garantías de libre circulación habrían comenzado la primera vez que se le citó como inculpado en el proceso. En cuanto a la prescripción, afirmó que esta no es la etapa procesal para plantear un argumento que sólo se revisa en la fase plenaria (luego de cerrada la investigación).



Por su parte, el CDE a través de María Inés Horvitz precisó que durante los 14 años de tramitación que este caso tuvo en la justicia militar intentó un sinnúmero de veces citar a Letelier Skinner en calidad de inculpado, pero que éste compareció sólo en dos ocasiones en calidad de testigo. Ante esto, sostuvo que su abogado ahora era capaz de plantear la prescripción aprovechando su propio dolo (culpa), ya que se habría aprovechado de su poder para no ser requerido en esta investigación.



En esa medida, la abogada dijo que sí este ex uniformado era inocente por qué nunca colaboró antes; por qué nunca mencionó la reunión de generales en Lo Curro cuando el entonces comandante en jefe del Ejército, Augusto Pinochet, visó la venta; por qué realizó gestiones para lograr autorizaciones con engaños en la Subsecretaría de Guerra; y por qué ordenó el viaje de subalternos a Croacia, entre otras de sus actuaciones.



Si bien la Corte Marcial dejó en acuerdo la redacción del fallo, todas las fuentes consultadas por El Mostrador.cl estimaron que sería rechazado el amparo.






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