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Autora de ‘Libro Negro de la Justicia’ demanda al Estado por $ 487 millones

Periodista Alejandra Matus, actual asesora del Ministerio del Trabajo, inició las acciones judiciales tendientes a obtener una cuantiosa indemnización fiscal, basándose en la incautación que afectó la libre circulación de su trabajo de investigación. Actualmente, sobre la obra no pesa ninguna prohibición y la profesional fue absuelta de los cargos que se le imputaban.


Mediante un escrito de 17 carillas, la periodista Alejandra Matus Acuña demandó al Estado chileno por los daños que le habría provocado el requisamiento de su investigación «El Libro Negro de la Justicia Chilena», decretada en 1999 en virtud de un requerimiento presentado por el entonces presidente de la Corte Suprema, Servando Jordán.



En abril de 1999, todos los ejemplares de este libro fueron incautados mediante una resolución del ex ministro de la Corte de Santiago Rafael Huerta, designado entonces para instruir la investigación por la supuesta vulneración del artículo 6-B de la Ley de Seguridad Interior del Estado, que tipificaba como delito contra el orden público las "ofensas" contra funcionarios de alto rango.



«El 14 de abril, con auxilio de la fuerza pública, se incautaron todos los ejemplares que se encontraban a la venta en las librerías de Santiago, así como 1.141 ejemplares que poseía la Editorial en sus bodegas», señala el escrito, al que tuvo acceso El Mostrador.cl, apuntando que la medida se adoptó con la sola presentación de un requerimiento en su contra, sin mediar ningún fallo judicial de fondo.



En la presentación de la acción judicial, cuya tramitación quedó a cargo del 15° Juzgado Civil de Santiago, la actual asesora comunicacional del Ministerio del Trabajo estimó que los perjuicios que le ocasionó la medida, que se extendió por dos años y seis meses, hasta el 19 de octubre de 2001, cuando se autorizó la publicación del libro, podrían cuantificarse en 487 millones de pesos.



Según explica el libelo, patrocinado por el abogado Adil Brkovic, la suma se divide en $77 millones por los eventuales perjuicios por los derechos de autor de la obra; $60 millones por la imposibilidad de ejercer su profesión en Chile durante 30 meses -período en que se vio forzada a estar fuera del país para evitar ser arrestada-; $50 millones por el daño emergente que le ocasionó residir en Estados Unidos y costear su defensa legal; y, además, $300 millones por «las aflicciones y sufrimiento provocado a esta demandante, derivados de la injusta persecución de que fui objeto».



Aunque este medio intentó comunicarse con la periodista, así como con su abogado, ninguno quiso referirse públicamente a los alcances de esta demanda.



Cabe recordar que sólo después del caso de Matus, en abril de 2001 el Congreso aceleró el despacho de la ley de Prensa -tras ocho años de tramitación- que derogó el artículo 6-B, así como las normas que autorizaban la suspensión de publicaciones y transmisiones, y la confiscación de publicaciones consideradas ofensivas. En junio de ese año, los tribunales sobreseyeron definitivamente a la periodista del delito de desacato, y cuatro meses más tarde se levantó la prohibición para editar o vender «El Libro Negro de la Justicia Chilena».



Libertad de expresión y propiedad intelectual



El principal argumento de Matus para ejercer la acción civil se basa en que, aún cuando el proceso judicial que se siguió en su contra se refirió a perseguir el cumplimiento de una norma que actualmente está derogada (artículo 6-B), el Estado chileno es responsable al no haber modificado esta ley conjuntamente con haber suscrito el Pacto de San José de Costa Rica.



En el escrito se explica que mientras el gobierno de Patricio Aylwin adhirió en 1990 al mencionado tratado sobre derechos humanos fundamentales, sólo después de generarse su situación frente al requerimiento de las autoridades judiciales se comenzó a debatir, por iniciativa de algunos parlamentarios, la derogación del delito de desacato.



Según la periodista, producto del requisamiento sufrió la vulneración de su libertad de expresión y de sus derechos de propiedad del libro, el cual circuló masivamente en el comercio clandestino, afectando sus garantías patrimoniales.



La presentación judicial cita ampliamente el fallo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que en 2005 concluyó que «la orden judicial de incautación por la que se ordenó la confiscación de todos los ejemplares existentes de la obra y, además prohibió su reedición, impidió la libre circulación del libro antes de comprobar la existencia del delito alegado», estimando que este proceder implicó un acto de censura previa, violatorio de la libertad de expresión, incompatible con el artículo 13 del Pacto de San José.



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