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Corte Suprema da espaldarazo a asistencia de abogados a remates

Máximo tribunal acogió reclamo de orden gremial en contra de decisión de jueza suplente del 25° Juzgado Civil que impidió la asistencia de dos profesionales a una audiencia de remate. Conflicto duró casi un año y enfrentó al Colegio de Abogados con la Corte de Apelaciones de Santiago. Magistrada se basaba en un instructivo que tenía como fin impedir la labor de »palos blancos» en las subastas.


La Corte Suprema instruyó a todas las Cortes de Apelaciones del país y a los juzgados civiles para que no limiten las actividades de asesoría legal de abogados que concurren a acompañar a clientes en distintos trámites, sobre todo en casos de remates de inmuebles.



Luego de casi un año de disputa el Colegio de Abogados logró un pronunciamiento del máximo tribunal en el que se ratifica que los profesionales no pueden ver limitadas sus labores de asesoría a clientes cuando concurran a realizar trámites judiciales.



«Palos blancos»



La disputa comenzó en enero del año pasado cuando la jueza suplente del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago Rocío Pérez Gamboa expulsó a dos profesionales del tribunal que acompañaban a un cliente que participaba de un remate que se realizaba en ese tribunal. La magistrada basó su decisión en un instructivo emitido en marzo de 1999 por la Corte de Apelaciones de Santiago en el que se limitaba la asistencia de personas que concurren a los remates, debido a que se habían detectado «palos blancos» en la adjudicación de inmuebles.



Los abogados afectados recurrieron de amparo profesional ante su orden gremial quien acogió la medida cautelar argumentando que la actitud de la magistrada prohibía y coartaba el ejercicio de su profesión, lo que vulneraba la Consititución. El Colegio acogió el amparo y envió los antecedentes a la Corte de Apelaciones de Santiago para que adoptara alguna medida disciplinaria en contra de la jueza Pérez Gamboa.



El tribunal de alzada rechazó los reclamos del Colegio, así como una queja presentada por los dos abogados afectados, respaldando el actuar de la jueza, ya que se había ajustado a las instrucciones entregadas en 1999. "La magistrado (tuvo) una actuación que claramente se adecúa a las instrucciones dictadas por esta Corte con fecha 22 de marzo de 199, en atención a la necesidad de proteger los intereses de los ejecutados en las subastas públicas ante la evidente colusión observada entre los asistentes a los remates", decía la respuesta del tribunal de alzada enviada en julio pasado a la orden gremial.



Oficio a máximo tribunal



El Colegio de Abogados reclamó por el tono de la respuesta entregada por el tribunal de alzada y en agosto pasado se envió un oficio a la Corte Suprema en el que se expuso la situación, los juristas reclamaron porque su situación se estaba equiparando a la de cualquier interviniente en los procesos y porque se dejaba entrever que profesionales podrían estar realizando algún tipo de actividad ilegal.



"La Iltma Corte profundiza aún más el infundado agravio por el cual el Colegio reclamó, puesto que estima que la participación de abogados que están ejerciendo su profesión, amparados por la Constitución y la Ley, es peligro de colusión en perjuicio del ejecutado. Este argumento de la Iltma Corte es inaceptable para el Colegiio de Abogados, ya que constituye una presunción injuriosa que considera que la acción del abogado en un remate es en si misma impropia, desconociendo la importancia que tiene la asesoría del abogado en distintas etapas del juicio", aseguró el reclamo.



En una sesión plenaria especial la Corte Suprema analizó la situación y determinó respaldar al Colegio, el máximo tribunal estableció que la limitación a los remates no puede ampliarse a los abogados "Esto (la limitación) en ningún caso puede significar que se pueda aplicar o siquiera relacionar aquello con la intervención que legal y constitucionalmente, corresponde a un abogado en la defensa y representación de los intereses de su representado en una audiencia pública de remate", aseguró el máximo tribunal. Agregó que "Este tribunal entiende y comparte la preocupación y protesta del Colegio de Abogados frente a la situación que se ha descrito".



Por ello el máximo tribunal envió instrucciones expresas que indican que el instructivo de 1999 no puede aplicarse y le envió una representación a la jueza Rocío Pérez Ganboa en la que le hace ver que tuvo una actuación irregular.

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