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Corte Suprema confirma bajas condenas por espionaje a consulado argentino

Máximo tribunal, en fallo unánime, ratificó las condenas por incumplimiento de deberes militares contra cuatro ex uniformados que ingresaron simulando un robo, en tareas de contrainteligencia, a la legación trasandina en Punta Arenas, en noviembre de 2003. La resolución establece que la normativa sobre inteligencia militar »no transforma en lícitas las acciones que no lo son ante las leyes».


En una sentencia que pone fin a uno de los mayores escándalos diplomáticos y militares de los últimos años, la Corte Suprema ratificó las condenas contra los ex uniformados que participaron del espionaje militar al consulado de Argentina en Punta Arenas, operación que dejó al descubierto un burdo montaje para obtener secretos del país trasandino.



El máximo tribunal confirmó las sentencias a 61 días de presidio para el ex teniente coronel Víctor Poza y el ex mayor Rodrigo Acuña, como autores de incumplimientos de deberes militares; mientras que el ex suboficial del Ejército Luis Alberto Robles y el ex cabo primero de la Fuerza Aérea Jaime Espinoza Catalán fueron sentenciados a 60 días de prisión por el mismo delito.



El fallo implica que ninguno de los militares permanecerá en la cárcel, pues por la cuantía de la sanción sólo deberán cumplir su pena de manera remitida.



El dictamen del máximo tribunal ratificó en todas sus partes del fallo de la Fiscalía Militar de Punta Arenas de 22 de abril de 2005, y la sentencia de la Corte Marcial del 13 de septiembre del mismo año que habían aplicado las sanciones a los cuatro uniformados involucrados en la causa.



El episodio del espionaje militar en Punta Arenas estalló el 9 de noviembre de 2003, cuando se conoció que desconocidos habían ingresado a la sede del consulado de Argentina en la capital de la Duodécima región.



El hecho tenía la apariencia de un robo común, pero uno de los "supuestos ladrones" había dejado caer una cédula de identidad que luego de las primeras indagaciones se supo que pertenecía a un militar integrante del Destacamento Especial de Inteligencia Conjunto de la Región Militar Austral.



Inteligencia no puede ser ilícita



La revelación de que militares chilenos espiaban la sede y a los funcionarios diplomáticos de Argentina en Chile causó un severo impasse en las relaciones entre ambos países e incluso provocó que el comandante en Jefe de la Región Militar Austral, general Waldo Zauritz, presentara su renuncia al cargo y dejara la institución.



La investigación estableció que el general Zauritz nunca supo de la "operación de inteligencia" que espiaba la representación diplomática que fue ordenada por el teniente coronel Poza, dispuestas por el mayor Acuña y ejecutada por los suboficiales Robles y Espinoza.



En todo el proceso los militares sostuvieron que el ingreso al Consulado fue una operación de contrainteligencia y que los involucrados obraron en el cumplimiento de un deber, por lo que el ingreso ilegal a la representación no podría ser juzgado como un hecho de carácter ilícito por la justicia.



Sin embargo, el fallo es claro al señalar que "las alegaciones tendientes a demostrar que el proceder de los encartados se ajustó a la normativa sobre Procedimiento para las Operaciones de Contrainteligencia y al Reglamento de Inteligencia Función Secundaria, no resultan atendibles desde que el rango de esta normativa no transforma en lícitas las acciones que no lo son ante las leyes".



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