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Tribunal Constitucional ratifica elección de alcalde suplente de Iquique

Una nueva derrota judicial sufrió el suspendido edil de Iquique, Jorge Soria Quiroga, luego que el TC desestimara un requerimiento contra la decisión que lo marginó del cargo mientras esté procesado por fraude a Fisco de más de $ 135 millones entre 2000 y 2001. Con esta decisión, quedó a firme la elección de Myrta Dubost como jefa comunal suplente.


El Tribunal Constitucional (TC) mantuvo la suspensión de sus funciones del alcalde de Iquique, Jorge Soria Quiroga, procesado por dos delitos de fraude al Fisco por más de $ 135 millones de pesos en su municipio, entre 2000 y 2001, con lo que confirmó de esta manera el nombramiento como jefa comunal suplente de Myrta Dubost (RN).



En fallo unánime, la instancia desestimó un recurso de inaplicabilidad presentado por los abogados del edil contra la decisión del Tribunal Electoral Regional de Tarapacá (TER), que el 31 de octubre de 2006 había determinado la suspensión del cargo de Soria por estar procesado en una causa judicial que implica pena aflictiva, es decir, una sanción superior a cinco años y un día de reclusión.



Soria había recurrido al TC argumentando que la suspensión decretada por el TER era inconstitucional, ya que atentaba contra los principios de presunción de inocencia, pues nadie puede ser sancionado por una sentencia que no sea decretado por los tribunales de justicia, y contra el debido proceso, pues no existen instancias a las que recurrir ante una determinación desfavorable del órgano electoral.



Sin embargo, el TC desestimó ambos argumentos, precisando que la suspensión se encuentra determinada por la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y la propia Constitución de la República, en cuanto a que no pueden ejercer cargos públicos quienes no son ciudadanos y uno de los requisitos para ello es no estar procesado por un delito que implique pena aflictiva.



«Analizada esa disposición, resulta evidente, desde luego, que el mandato contenido en ella persigue un fin razonable, especialmente tratándose de autoridades que representan a la ciudadanía en el régimen imperante en Chile. Menester es realzar, además, que dicho precepto fundamental rige sin excepciones, en cuanto a los sujetos afectados por él, como asimismo en relación con los efectos suspensivos que produce respecto de las autoridades cuyo desempeño presupone hallarse en ejercicio pleno de la ciudadanía", dice el fallo redactado por el presidente del Tribunal, José Luis Cea.



El dictamen agrega que "debe ser también desechada la argumentación del requirente en el sentido que el precepto legal objetado quebrantaría el principio de la igualdad ante la ley, pues dicho precepto es aplicable a todos los alcalde y las autoridades sin distinción ni excepción que sean acusados o procesados por delito que merezca pena aflictiva".



Soria fue procesado el 8 de mayo de 2006 por el Segundo Juzgado del Crimen de la ciudad por dos delitos de fraude al Fisco, ocurridos entre 2000 y 2001 y que significaron un perjuicio para la Municipalidad de $ 137.696.125. El encausamiento fue ratificado en junio de ese mismo año por la Corte de Apelaciones de la ciudad y luego se desestimaron sendos recursos de amparo en la Suprema, por la que resolución se mantiene a firme.

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