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Superintendencia de Educación podrá inhabilitar de por vida a sostenedores

No sólo la facultad para cerrar un colegio tendrá el organismo, pues la iniciativa que ingresó este lunes al Congreso, también contempla la posibilidad de inhabilitar a perpetuidad a un sostenedor en caso de que incurra en alguna de las nueve causales graves, entre las cuales se cuentan las »maquinaciones» para obtener subvenciones.[Vea el documento]


Este lunes, ingresó al Senado el proyecto de ley que crea la Superintendencia de Educación, organismo que, además de intervenir y cerrar un establecimiento, podrá aplicar otras drásticas sanciones contra los sostenedores, como decretar su inhabilidad temporal o perpetua y multarlo con montos que van desde las 50 UTM a las 1.000 UTM, los que incluso pueden aumentar en 50%.



De acuerdo a lo establecido en el texto legal y con el fin de evitar una situación tan extrema, el organismo fiscalizador podrá iniciar un proceso de "mediación" entre las partes en conflicto de la comunidad escolar, tal como en forma análoga ocurre en el área de la salud.



El proceso contra un sostenedor comienza con la denuncia ante la superintendencia y concluye en los tribunales de justicia, en caso de que no exista conformidad con la sanción aplicada.



Para perder la calidad de administrador de un colegio, deben concurrir alguna de las nueves causales denominadas "graves" contempladas dentro del proyecto de ley, entre las que se cuentan "maquinaciones dolosas" para obtener la subvención educacional.



Las otras ocho están relacionadas con "no efectuar la rendición de cuentas; no llevar o entregar los documentos, libros o antecedentes necesarios para dar cumplimiento a la obligación de rendir cuentas; no prestar el servicio educativo en conformidad a la ley; perder o dejar de cumplir alguno de los requisitos exigidos para mantener el reconocimiento oficial del Estado".



"No cumplir reiteradamente los estándares exigidos; infringir los deberes y derechos establecidos en la ley; realizar maquinaciones dolosas destinadas a impedir la fiscalización de la superintendencia; y no cumplir con las obligaciones de evaluación de desempeño, así como no desarrollar las auditorias de rendiciones de cuentas que contempla la ley", incluye también entre los motivos el proyecto.



Interventor y multas



Al momento de la revocación del reconocimiento oficial del Estado, será función del Ministerio de Educación (Mineduc) asegurar la continuidad de los estudios a los alumnos que han resultado afectados.



Adicionalmente y en caso que un colegio no cumpla con los estándares nacionales de calidad, considerando a lo menos las últimas tres mediciones realizadas, se designará un "administrador provisional", que será un funcionario de la secretaría.



"El administrador provisional asumirá las funciones que competen al sostenedor, con el fin de asegurar el adecuado funcionamiento del establecimiento y la continuidad del servicio educativo sólo hasta el término del año laboral docente en curso", consigna el texto.



Asimismo, se establece que las multas aplicadas podrán "acumularse" a las sanciones relacionadas con el cierre del establecimiento y la inhabilitación de por vida o temporal y éstas podrán ser descontadas de la subvención estatal.



"Un reglamento fijará la forma, modalidad y oportunidad en que este descuento se hará efectivo", plantea la iniciativa.



No obstante, tratándose de infracciones reiteradas sancionadas con multa, podrá aplicarse la sanción de multa máxima que corresponda a la infracción cometida aumentada en 50%.



Objeto de la superintendencia



El proyecto establece que la superintendencia tendrá por objeto la evaluación y fiscalización de los sostenedores y de los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Estado en los niveles parvulario, básico y medio, a fin que cumplan con los estándares establecidos para el sistema educativo.



El organismo, además, proporcionará información en el ámbito de su competencia, a los miembros de la comunidad educativa y otros usuarios e interesados, y atenderá los reclamos y denuncias de éstos, estableciendo las sanciones que en cada caso corresponda.
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Vea el proyecto de ley

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