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Modificaciones a competencia de tribunales militares «son sustanciales»

Ex oficial valora proyecto enviado por el Ejecutivo que excluye el juzgamiento a civiles en tribunales castrense, con excepción de los casos de maltrato de obra a Carabineros. Al respecto, estima que si ello se mantiene en el tiempo se deben reformar los procedimientos y organización de estas magistraturas, para que entreguen las mismas garantías que las instancias ordinarias.


Fuera de valorar la iniciativa del Gobierno de enviar al Congreso el proyecto que modifica la competencia de la Justicia Militar, el ex fiscal del Ejército Sergio Cea destaca que la idea central de la iniciativa es la exclusión de juzgar civiles, salvo excepciones como el maltrato de obra a Carabineros, y derogar la pena de muerte en el ordenamiento jurídico nacional.



El actual consejero de la Asociación de Internacional de Justicia Militar aclara que "es un proyecto de ley que significa un avance sustancial en materia de competencia, pero es un solo aspecto de la reforma a la justicia militar. Entonces, quedan pendientes la organización, el procedimiento de los tribunales militares, como el readecuar los tipos penales que se encuentran en el Código de Justicia Militar. Sin embargo, el propio mensaje indica que se forma una Comisión Técnica para abordar y estudiar estas materias, para concretar en un nuevo proyecto de ley a fines del 2008".



Además, destaca que "este proyecto de ley sí cumple dos objetivos: el de excluir el juzgamiento de civiles por parte de los tribunales castrenses y derogar la pena de muerte", y agrega que "las modificaciones en materia de competencia son sustanciales en atención a que se pretende que los tribunales militares juzguen sólo a los militares".



En cuanto a mantener el juzgamiento de civiles por maltrato de obra a Carabineros, recordó que en el mensaje enviado al Congreso se señala que se conformará una Comisión destinada a ver los otros dos aspectos de reforma a la justicia: los tribunales propiamente tal y la parte sustantiva de dicha normativa.



-¿No se debería eliminar el maltrato de obra a Carabineros en la justicia castrense?
-Entiendo que el delito de maltrato a Carabineros se encuentra incorporado en el Código de Justicia Militar desde el año 1927 y se ha mantenido en forma invariable durante diversos tipos de gobierno. En el estricto rigor, en cuanto a un análisis doctrinal y considerando el Derecho Comparado, no debería estar dentro del ámbito de la competencia de la justicia militar, pero cada Estado tiene su propia sensibilidad y percepción para determinar en qué tipos penales, excepcionalmente, se juzgan civiles por parte de los tribunales militares.



-Pero no habría las mismas garantías que en la nueva Reforma Procesal Penal, ya que no hay un juicio oral y público.
-A mi entender, si juzgamos a un civil en los tribunales militares se requiere establecer en términos similares la organización y características del procedimiento de la Reforma Procesal. Si hay juzgamiento de civiles es menester implementar luego la existencia de un procedimiento oral, controvertido, público y establecer los parámetros que corresponden a los de toda la sociedad chilena .



-¿Es decir, si se mantiene el maltrato de obra a Carabineros debe readecuarse el procedimiento de los tribunales castrenses?
-Si hay excepciones para juzgar a civiles se requiere que se reforme el procedimiento y la organización de tribunales militares para que existan las mismas garantías, exactamente iguales, que las que tienen los civiles cuando son afectados sus derechos por los tribunales ordinarios.



-¿Cómo quedan los militares?
-El proyecto de ley excluye el juzgamiento de civiles por parte de los tribunales militares, por ejemplo, en materia de Control de Armas. Entonces, a los civiles se le aplicará la normativa de la reforma procesal penal. Sin embargo, los militares quedan en una isla jurídica, ya que se les aplicará un procedimiento inquisitivo, escrito y formalista que, a mi entender, no se condice con los principios del debido proceso que se consagran en la Carta Fundamental, ni tampoco con la Convención Interamericana de Derechos Humanos. Por ello, el trabajo de la Comisión Técnica debe centrarse en readecuar la normativa jurídica.



Trámite parlamentario



-¿Los parlamentarios se mostraron en contra de que civiles sean juzgados por la justicia militar en el caso del maltrato de obra a Carabineros?
-Eso tendrá que analizarse en el Congreso. En septiembre del 2005 se modificaron los tipos penales del maltrato de obra a Carabineros y se mantuvo la competencia en la justicia militar. Es evidente que esta excepción del juzgamiento de civiles por los tribunales castremses es una tema a ser considerado, pero, insisto, ello le corresponde al Parlamento.



-¿Por qué cree se envió sólo la competencia y la derogación de la pena de muerte?
-Porque las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro de los casos Palamara y Almonacid, en ambas lo que más se expresa es el juzgamiento de civiles por parte de los tribunales militares y eso se logra con este proyecto. El único tema penal que queda incorporado es el delito de maltrato a Carabineros, pero la Ley de Control de Armas se conocerá íntegramente por los tribunales ordinarios y en cuanto a la movilización y reclutamiento sólo queda el articulo 75, que se refiere al llamado al servicio activo a los reservistas. Desde una perspectiva técnica y jurídica, casi todos los tipos penales que de una y otra forma afectaban a los civiles serán de competencia de la justicia ordinaria. Es un proyecto de ley, a mi juicio, equilibrado de adecuada técnica legislativa.



-¿Cuándo se readecuarán los tribunales militares a los principios de la reforma procesal?
-Ese es un tema que debe solucionarse porque los militares mantienen un procedimiento penal inquisitivo, escrito y formalista, con serias deficiencias en relación a las normas aplicables al resto de los ciudadanos en la sociedad chilena. En mi opinión como profesor de Justicia Militar de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, si se mantiene el juzgamiento de civiles en la justicia militar necesariamente se debe modificar el procedimiento porque debes tener los mismos parámetros de aquellos que son imputados en la justicia civil.



-¿Fue un error no haber hecho toda la reforma conjunta?
-Fue un tema de apreciación. El propio mensaje dice que instituirá una comisión técnica, por lo que el Poder Ejecutivo está preocupado que estos dos aspectos de organización y procedimiento, y que la parte sustantiva sea abordada como corresponde por los especialistas en esta materia.



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