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Acogen observaciones de magistrados para procedimientos disciplinarios

El máximo tribunal hizo eco a las demandas planteadas por la asociación nacional de jueces, reduciendo el período de la reserva de las indagatorias y eliminando la disposición que facultaba al investigador decidir en qué etapa del proceso notificaba al afectado, lo cual ahora será inmediato.


Una modificación a los procedimientos para investigar las responsabilidades disciplinarias a miembros del Poder Judicial se oficializó este martes, luego de que la Asociación Nacional de Magistrados (ANM) presentara observaciones ante el máximo tribunal respecto al primer autoacordado dictado el pasado el 27 de julio pasado.



Los principales cambios dicen relación con el inicio de las indagatorias que en un principio establecieron que el afectado tuviera conocimiento de estas sólo una vez que el investigador determinara pertinente dar a conocer esta actuación en su contra.



La ANM consideró que tal hecho contradecía el derecho a defensa que tiene toda persona que es investigada, impidiéndole realizar diligencias pertinentes para resguardarse frente a los cargos que se le imputaran en esta fase del proceso. Esta reflexión fue acogida y los ministros de la Corte Suprema suprimieron el artículo que establecía dicha norma.



A su vez, se zanjó la controversia respecto al periodo de reserva de estas investigaciones, que en el auto acordado pasado se estableció en 30 días luego que se le comunicara al afectado. Con la modificación al documento el investigador ahora podrá disponer de este secreto sólo en dos etapas durante el proceso y que no podrá exceder los 10 día cada una.



En el acta despachada este martes, los ministros del máximo tribunal señalan que si bien estimaron conveniente introducir enmiendas al procedimiento y que este debe garantizar derechos de defensa a los jueces o funcionarios judiciales imputados, aclararon que de todas formas este proceso "no constituye un juicio entre partes".



Fallo del Tribunal Constitucional



Una de las frases que se eliminó del acuerdo anterior que había fijado la Corte Suprema fue la que señalaba que el tribunal de alzada "conocerá el recurso en cuenta", lo que no otorgaba a las partes la oportunidad de realizar alegatos frente a los ministros de la Corte de Apelaciones que vieran la causa, realizando una diferencia que la ANM calificó "en desmedro" de los jueces o funcionarios investigados disciplinariamente.



A pesar de que esta frase quedaba fuera del artículo N° 14 del escrito anterior, no se señaló explícitamente que se realizará una audiencia en que ambos intervinientes expongan sus fundamentos ante un tribunal superior.



Sin embargo, se espera que esto se resuelva a raíz de un fallo del Tribunal Constitucional que cuestionó la inexistencia de esta etapa en este tipo de indagatorias disciplinarias, que justamente será analizado este miércoles en un pleno extraordinario de la Corte de Apelaciones de Santiago.



Sobre la reapertura de una investigación, la ANM logró que se agregara a lo ya establecido la designación de un nuevo investigador de ser el caso y que a su vez el afectado será notificado de esto mediante correo certificado.



Reforma legal



Tras conocer la oficialización de esta modificaciones, el presidente de la ANM, Mario Carroza, se manifestó conforme señalando que estaba muy bien que se acogieran aspectos que a los jueces les parecía muy significativo destacar ante el máximo tribunal, agregando que creía que todo esto iba en "la senda correcta".



Sin embargo, fue enfático en recalcar que todo esto finalmente se debe traducir en una reforma legal que se concrete en una ley, pero alabó que se tomaran en cuenta los principios que desde un comienzo ha defendido la agrupación de magistrados respecto al procedimiento disciplinario.

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