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Inhabilitan a fiscal militar en investigación de asalto al banco Security

Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, Daniel Urrutia, ordenó remitir los antecedentes relativos a la investigación contra la banda, recordando que una sentencia de la Corte Interamericana de DDHH ordenó al Estado chileno que los civiles no sean enjuiciados por tribunales castrenses.


El juez Daniel Urrutia, del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, declaró incompetente a la Segunda Fiscalía Militar para conocer los hechos referidos al robo que afectó al banco Security, tras el cual resultó muerto el cabo de Carabineros Luis Moyano.



La resolución se basa en un recurso de amparo de garantías presentado el miércoles por el defensor penal público Carlos Mora, quien defiende a Christián Gómez Canales, imputado como encubridor del asalto perpetrado el pasado 18 de octubre.



El dictamen también se hizo extensivo a Víctor Jerez Reyes, alias "Danny de Vitto, el único integrante de la banda que hasta el momento ha sido detenido.



De esta forma, el juzgado de Garantía ordenó que el tribunal castrense remitir los antecedentes a su jurisdicción, considerando que en el dictamen se señala que los civiles no pueden ser juzgados por un tribunal de estas características.



El fallo argumenta los principios establecidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y recuerda el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el caso de Humberto Palamara, que ordenó al Estado chileno que los civiles no fueran enjuiciados por instancias castrenses.



Tras esta resolución, el fiscal militar Roberto Reveco podría recurrir a la Corte Suprema si no quiere ceder la competencia del caso deberá recurrir a la Corte Suprema para que zanje bajo qué procedimiento serán juzgados ambos detenidos.



Hasta el momento permanecen prófugos los ex lautaristas Marcelo Villarroel Sepúlveda, Jorge Bravo Jerez, Carlos Gutiérrez Quiduleo, Freddy Fuentecilla Saa y Juan Aliste Vega, este último sindicado por la policía como el autor material de la muerte de Moyano.



El responsable de la muerte del efectivo de carabineros sería el único que eventualmente podría ser enjuiciado por un tribunal castrense, aunque ello será resuelto una vez que el imputado sea detenido.



Condiciones de detención



En la resolución, el juez Urrutia también ofició a Carabineros para que informe dentro de tres días las condiciones en que se mantienen detenidos en las dependencias del OS-9 ambos imputados, para determinar si se cumplieron los estándares señalados en los reglamentos internacionales sobre personas encarceladas.



ADEMÁS:



Vea el fallo (En formato Word)

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