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Senado reitera prohibición de fumar al interior del edificio del Congreso

En una circular enviada a todos los funcionarios, se recuerda que la nueva ley del tabaco prohibió el consumo de cigarrillos al interior de las reparticiones públicas.


A poco más de un año de la entrada en vigencia de la ley que regula el consumo del tabaco en edificios público y lugares de alta concurrencia de personas, el Senado reforzó su campaña destinada a evitar el consumo de cigarrillos al interior de sus dependencias.



Para ello, el secretario general de la cámara alta, Carlos Hoffmann, envió una circular a todos los funcionarios de la Corporación, en la que reitera los principales criterios de la normativa vigente y da a conocer los lugares que están especialmente habilitados para fumar.



La ley del tabaco prohibió su consumo en edificios públicos, por lo que se prohíbe fumar al interior de los recintos o dependencias del Senado, salvo en las oficinas individuales que cuenten con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.



Asimismo, se estableció como lugar habilitado para fumar, el patio de luz ubicado en el segundo pido de la placa del Senado en Valparaíso, ubicado al frente de la cafetería de los senadores.



Por ello, aunque se trate de oficinas individuales, no es posible fumar en ellas si no cuentan con ventilación hacia el aire libre o extracción del aire hacia el exterior.



Cabe señalar que los sistemas de climatización de los edificios en Valparaíso y en Santiago, por diseño y construcción, no contemplan ese mecanismo de extracción forzada del aire hacia el exterior.



Como se trata de una prohibición legal, su infracción constituye un hecho concreto relevante, que se consignará con una anotación negativa para los efectos de la evaluación del funcionario y se ponderará al apreciar el cumplimiento de normas por su parte.
Lo anterior, salvo que, por las características de la infracción, sea procedente consignar una anotación de demérito o determinar la responsabilidad administrativa que le corresponda, mediante el respectivo proceso disciplinario.

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