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Suprema ratifica multa por cobro abusivo de intereses en casa comercial

Ripley exigió a clienta interés mensual superior a 4% por una compra de $ 161.824, mientras que el interés convencional para ese periodo, según lo establecieron los informes al tribunal de primera instancia, era de 3,71%.


La Segunda Sala de la Corte Suprema rechazó la queja presentada por CAR S.A. (administradora de la tarjeta de crédito de la mutitienda Ripley) en contra de los ministros de la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, quienes condenaron a la firma a pagar una multa de 15 unidades tributarias mensuales (equivalentes a $ 513.330) por el cobro de intereses sobre el máximo convencional en una demanda presentada por el Sernac. De esta manera, la sanción aplicada por el tribunal de alzada capitalino quedó a firme.



En fallo unánime, los jueces del máximo tribunal Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y los abogados integrantes Ricardo Peralta y Domingo Hernández declararon inadmisible el recurso que buscaba revertir la sanción aplicada por la Corte de Apelaciones de Santiago de fecha 9 de noviembre pasado, tras constatar una infracción al artículo 30 de la ley N° 19.496 sobre protección de derechos al consumidor.



En aquel dictamen, los ministros Raúl Rocha, Mario Rojas y el abogado integrante Marcos Thomas establecieron que CAR S.A. violó las normativas al cobrar un interés mensual superior a 4% a una consumidora por una compra de $ 161.824, mientras que el interés convencional para ese periodo, según lo establecieron los informes al tribunal de primera instancia, era de 3,71%.



En ese sentido, el fallo indica que "la denuncia no ha sido desvirtuada, desde que las cantidades cobradas no están en discusión, y lo que correspondía a la entidad denunciante era probar que el interés cobrado era superior al permitido por la ley, lo que efectuó mediante un cálculo de intereses que resultó notoriamente superior al que se podía legalmente aplicar", dice el fallo.



En primera instancia el Tercer Juzgado de Policía Local de Santiago, el 14 de junio pasado, había determinado rechazar la demanda, informó la Dirección de Comunicaciones del Poder Judicial.

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