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Suprema condena a filial de supermercado por prácticas antisindicales

Firma ligada a la cadena Lider deberá pagar $ 3,4 millones a beneficio del Sence.


La Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó la sentencia pronunciada por la Corte de Apelaciones de San Miguel que condenó a Hipermercados Gran Avenida Limitada (una de las 38 filiales que maneja Supermercados Lider a través de la firma Administración de Concesiones Comerciales de Hipermercados S.A.), al pago de una multa de 100 unidades tributarias mensuales (UTM) o $ 3, 4 millones, a beneficio del Sence y a poner fin a las conductas antisindicales descubiertas en una fiscalización de la Dirección del Trabajo.



Por unanimidad, los ministros Marcos Libedinsky, Urbano Marín, Patricio Valdés y los abogados integrantes Roberto Jacob y Ricardo Peralta ratificaron lo resuelto por el tribunal de alzada en torno a que "la denunciada ha incurrido en las conductas antisindicales denunciadas, al facilitar la renuncia de trabajadores al sindicato de la empresa, prefiriendo para los ascensos a trabajadores no afiliados a éste".



Según se desprende del caso, la Inspección del Trabajo denunció a la filial de Lider por realizar actos que habrían atentado contra la libertad sindical. Como prueba de lo anterior, el organismo indicó que fueron elaborados documentos que facilitaron la desafiliación del sindicato, se ofrecieron beneficios a trabajadores condicionados a no pertenecer al sindicato y se produjeron despidos a quienes se afiliaron al sindicato o permanecieron en éste. Asimismo, acusó que la empresa habría tenido alguna injerencia en la redacción de cartas de renuncia al sindicato, por la similitud de éstas.



En respuesta a las acusaciones, la empresa negó las presiones ejercidas señalando que "se optó y decidió por la empresa que a ninguno de los trabajadores que negociaba colectivamente se debía 1) cambiar su jornada, 2) cambiar de sección, 3) cambiar su remuneración, 4) otorgarle algún premio, etc." Al referirse al formato de las cartas renuncias al sindicato señala que estas fueron extendidas por los trabajadores ante notario, y confeccionadas por estos, ya que intervino más de uno.



En el fallo elaborado por la Corte de Apelaciones de San Miguel, ratificado por la Suprema, se consignó como hecho acreditado que antes de concluir el proceso de negociación colectiva y después de este, se produjeron renuncias masivas de trabajadores al sindicato. "En efecto, en el mes de diciembre a lo menos treinta y dos cartas de renuncias al sindicato, fueron extendidas de manera similar, de las cuales 18 de estas son casi idénticas en redacción, tipo de máquina y siglas, dos cartas de reponedores son idénticas, y otras dos son de evidente similitud", indica la sentencia.

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