Publicidad

Corte de Rancagua acoge recurso de Codelco por subcontratación

Se trata del último dictamen de los tribunales de segunda instancia respecto a la situación de subcontratación al interior de la cuprífera estatal. Ya habían fallado a favor de Codelco las cortes de Antofagasta (Codelco Norte) y Valparaíso (Ventanas y Andina), mientras que la de Copiapó (Salvador) había apoyado la labor de la Dirección del Trabajo.


La Corte de Apelaciones de Rancagua acogió este viernes, por mayoría, el recurso de protección presentado por la División El Teniente de Codelco contra el dictamen de la Dirección del Trabajo (Dirtrab) sobre la aplicación de la ley de Subcontratación.



Se trata del último dictamen de los tribunales respecto a la situación de Subcontratación al interior de la estatal, pues ya habían fallado a favor de Codelco las cortes de Antofagasta (Codelco Norte) y Valparaíso (Ventanas y Andina) y en contra lo hizo la de Copiapó (Salvador).



De esta forma, ahora todo deberá resolverse en la Corte Suprema, ya que tanto los trabajadores que se encuentran en régimen de subcontratación como la propia firma estatal anunciaron que recurrirán al máximo tribunal.



La decisión de este viernes dejó sin efecto el informe entregado por los fiscalizadores del organismo gubernamental, que constataron que 1.347 empleados de empresas subcontratistas de Codelco se encontraban en una situación suministro ilegal de mano de obra.



Según el acta de la Dirtrab, prestaban servicios bajo dependencia y subordinación de Codelco, considerándose de esta forma a la firma estatal como empleador de dichos trabajadores, por lo que esta infracción al artículo 183-A del Código del Trabajo debía ser resuelta en 15 días.



Sin embargo, el fallo de mayoría consideró que efectivamente el "acto reclamado es ilegal y arbitrario y priva, perturba y amenaza los derechos constitucionalmente resguardados de los recurrentes, lo que obliga a esta corte a acoger la acción".



Al igual que otras resoluciones que dieron la razón a la estatal, el tribunal de alzada estimó que "el acto impugnado es sin ninguna duda ilegal, porque no se limita a constatar hechos y ni aún a sancionar administrativamente por ello, sino que resuelve una cuestión jurídico contractual reservada exclusivamente a la judicatura".



«Pero además el acto es arbitrario, precisamente porque impone a Codelco una carga que necesariamente afectará los derechos de terceros, que son las empresas contratistas, las que sin embargo no fueron parte en el proceso de fiscalización", puntualiza.



Voto disidente advierte injusticia



En su voto de minoría, el ministro Miguel Vázquez estimó que el recurso de Codelco se adelantó al término de un proceso de fiscalización que "aún no estaba finalizado" y que, por lo demás y que tampoco se puede considerar el informe como "antojadizo", al punto que "los recurrentes no han impugnado ninguno de los hechos constatados por aquellos ministros de fe".



El magistrado, además, advierte que "no resulta justo ni pertinente" la forma en que se está resolviendo el proceso de subcontratación, especialmente porque las firmas afectadas por la fiscalización de la Dirtrab están recurriendo a una vía excepcional, sin ver el tema de fondo.



En ese sentido, estimó que "las dificultades que presenta su implementación ser resueltas por las vías ordinarias que la misma legislación contempla y no pretender la clausura del tema por medio de esta vía excepcional (como el recurso de protección)".





________________





ADEMÁS:



Vea la resolución completa (En Word)

Publicidad

Tendencias