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SCJ acreditará laboratorios que certificarán máquinas de casinos de juego

Verificarán que las máquinas de azar o slots machines explotadas en los 15 nuevos casinos de juego cumplan con las normas técnicas.


La Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ) inició el proceso de acreditación de laboratorios certificadores que verificarán en Chile que las máquinas de azar explotadas en los 15 nuevos casinos de juego cumplan con las normas técnicas del organismo regulador y fiscalizador determine.



Entre otros aspectos, para garantizar la fe pública, los laboratorios establecerán que se deberá otorgar premio al jugador como mínimo en el 85% del total de combinaciones de jugadas posibles. La SCJ sólo ingresará a su registro de homologación aquellas máquinas de azar que sean certificadas por los laboratorios autorizados.



La SCJ se encuentra en la fase final de la definición de las normas técnicas para máquinas de azar sometidas a consulta pública internacional durante el segundo semestre de 2007.



Las normas técnicas fueron desarrolladas por el organismo conforme a los estándares técnicos que rigen para el juego regulado a nivel mundial, en jurisdicciones de casinos de juego consolidadas, tales como EEUU, Australia y Nueva Zelanda.



Como mínimo, los laboratorios que pueden postular deben documentar experiencia en certificación de máquinas de azar en cinco jurisdicciones de juego, de las cuales al menos una debe corresponder a España, o a Australia, o a EEUU (Indiana o Pennsylvania).



Asimismo, entre otras exigencias, deberán cumplir con estándares de calidad que garanticen la validez y la confiabilidad de los resultados de las máquinas de azar, basándose en la norma internacional ISO/IEC 17025 sobre "Requisitos Generales para la Competencia de los Laboratorios de Ensayo y Calibración".



Dentro de las restricciones fijadas, la SCJ estableció que no aceptará postulaciones de laboratorios que tengan entre sus socios, accionistas, gerentes, administradores, responsables técnicos, a personas que posean directa o indirectamente una participación de 5% o más en la propiedad de casinos de juego a nivel nacional e internacional, y/o en las empresas fabricantes, importadoras, comercializadoras y distribuidoras de máquinas de azar.

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