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Subcontratación: Corte de Antofagasta acoge recurso de Escondida

Dictamen estima que la Dirección del Trabajo se atribuyó facultades propias de los tribunales de justicia, al ordenar la internalización de empleados subcontratistas.


La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió, de forma unánime, los recursos de protección presentados por la minera Escondida y siete empresas contratistas contra la resolución de la Dirección del Trabajo en materia de cumplimiento de la ley de Subcontratación.



Las empresas que recurrieron a la Corte, además de La Escondida, son Power Train Technologies Chile, Vecchiola, Ameco Chile, Vulco, Otraco Chile, Geotec Boyles BROS y Servicios Industriales Comin.



La Dirección del Trabajo Regional fiscalizó las faenas de Escondida entre junio y diciembre del 2007 y concluyó que se había infringido el artículo 183-A del Código del Trabajo, ordenándose la corrección del régimen laboral fiscalizado dentro de 15 días.



La Corte consideró que "resulta evidente que los recurridos constituyéndose en una comisión especial, se atribuyeron facultades propias y excluyentes de los tribunales competentes -al tenor de lo que dispone al artículo 420 del Código del Trabajo- por lo que su actuación es ilegal y conculca la garantía contenida en el inciso cuarto del numeral 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que asiste a los recurrentes, lo que obligará a acoger los recursos".



Señala el fallo que la Inspección del Trabajo de Antofagasta debe adoptar las medidas para dejar sin efecto el Acta de Constatación de Hechos en Fiscalización de la ley N° 20.123 de fecha 7 de diciembre de 2007

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