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Familiares de diplomáticos no podrán ingresar al servicio exterior

El organismo encargado de visar la legalidad de las iniciativas legislativas, estimó que las bases para mantener los marcos de probidad en el Estado se aplican, sin excepción a todos los chilenos y que los parientes cercanos de los funcionarios de la Cancillería no son la excepción a la regla. La modificación legal ya había sido aprobada por ambas cámaras.


El organismo encargado de visar la legalidad de las iniciativas legislativas, estimó que las bases para mantener los marcos de probidad en el Estado se aplican, sin excepción a todos los chilenos y que los parientes cercanos de los funcionarios de la Cancillería no son la excepción a la regla. La modificación legal ya había sido aprobada por ambas cámaras.



El Tribunal Constitucional declaró inválido el proyecto de ley -aprobado ya en ambas cámaras del Congreso- que permitía que los familiares de los diplomáticos, pudieran acceder a trabajar en el servicio exterior.



El dictamen de 22 páginas establece que las reglas de la administración del Estado son claras en señalar que, como medida de aplicación de la "ética" y la "probidad", no podrán trabajar aquellos familiares sanguíneos hasta en un tercer grado, cuando el pariente tenga sobre ellos algún grado de injerencia.



La iniciativa, básicamente, buscaba aprovechar el conocimiento de hijos y esposas de los diplomáticos que deben vivir en otras latitudes, para que fuera usado en beneficio de las relaciones exteriores del país.



Sin embargo, el TC estimó que existe una regla clara y aplicable a todos los ciudadanos, sin excepción, para analizar la probidad y el respeto a las normas, por lo que declaró inconstitucional la iniciativa, aludiendo a que con ello se evita el "nepotismo".



"Aquí se está frente al problema general del conflicto de intereses. Una de sus manifestaciones es el nepotismo. Hay dos posibilidades: o se sanciona la conducta del que se dejó influir por un interés subalterno privado, lo que obliga a una estrategia represiva difícil de comprobar, o se adopta una política de prevención y se identifican previamente por la ley aquellas hipótesis de conflicto de intereses más riesgosos o evidentes. Una de las más obvias son las de parentesco", señala el fallo.



Los magistrados aprovecharon la oportunidad de hacer un guiño al senador del PS, Juan Pablo Letelier, quien en una de las discusiones sobre este proyecto en julio de este año, cuando señaló que de no aprobarse la iniciativa se estaba frente a una discriminación, respecto a los parientes de los funcionarios del servicio exterior.



"Que la distinción efectuada por el legislador no aparece dirigida a un fin objetivo y lícito para efectuarlaÂ… Si se estimaran válidas las razones del proyecto en examen, no se divisa motivo alguno para no transformarlas en una regla generalÂ… sin que se adopte resguardo alguno para la prevención del nepotismoÂ…", concluye.



El fallo fue por la unanimidad del presidente Juan Colombo Campbell y los ministros José Luis Cea, Raúl Bertelsen, Hernán Vodanovic, Mario Fernández, Jorge Correa Sutil, Marcelo Venegas, Marisol Peña y Francisco Fernández.

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