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Diputados proponen colocar nombre a bebés que nacen fallecidos

"La idea matriz del proyecto es reconocerle un derecho a los progenitores para inscribir a la criatura con un atributo esencial de la personalidad: un nombre", dijo Álvaro Escobar.


Los diputados Marco Enríquez Ominami (PS) y Álvaro Escobar (independiente) presentaron un proyecto de ley destinado a reconocer el derecho de los progenitores a identificar con un nombre a un bebé que no ha podido vivir.



Los parlamentarios coincidieron en indicar las contradicciones filosófico-jurídicas de la actual legislación al proteger la vida del que está por nacer pero sin reconocer su carácter de "persona" sino hasta el momento en que logra sobrevivir siquiera un instante a la separación completa de su madre.



"La idea matriz del proyecto es reconocerle un derecho a los progenitores para inscribir a la criatura con un atributo esencial de la personalidad: un nombre", dijo Escobar.



Según el legislador "debemos comprender que la muerte de un hijo en el inicio de la vida es una gran ruptura en el proceso natural de la vida debido a que se escapa de las expectativas y programas biológicos. Se altera el ‘orden natural’ y la lógica no da abasto para comprender y aceptar. Esta clase de pérdida afectiva se conoce como duelo perinatal, el que puede comprender tanto el fallecimiento de un recién nacido como el alumbramiento de un hijo muerto, que se denominan ‘mortinatos’".

"El tratamiento que nuestro ordenamiento jurídico otorga a los mortinatos es tajante y muy duro de asumir para los padres que han compartido una espera con desenlace anunciado. De acuerdo con el artículo 74 inciso segundo del Código Civil, se reputa que ellos no han existido jamás. Como podemos decirle a la madre o padre de ese hijo nacido muerto que él nunca existió, si se vivió un tiempo, por breve que éste sea, de relación y por qué no decirlo de amorÂ…", explicó.



En tal sentido, ambos legisladores afirmaron en que este proyecto busca apoyar a los padres que han pasado por esta experiencia.



"Este derecho podrá ser ejercido por su madre, padre o por ambos, quienes al momento de solicitar el premiso de sepultación de su hijo mortinato podrán pedir que éste se inscriba en el registro de mortinatos que se llevará al efecto en el Servicio de Registro Civil e Identificación, con el nombre que ellos decidan otorgarle", concluyó.

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