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Suprema otorga libertad a autores del secuestro calificado de campesinos

En la parte civil se condenó al Fisco a pagar la suma de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos) a Ramona Lagos Lagos y $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a Marta Castro González, ambos familiares de las víctimas, por concepto de daño moral.


La Corte Suprema concedió el beneficio de la libertad vigilada a los autores del secuestro calificado de 12 campesinos en la localidad de Liquiñe, Región de Los Lagos, delito perpetrado a partir del 10 de octubre de 1973.



La Segunda Sala del máximo tribunal acogió de esta forma el recurso de casación presentado en contra del fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago, condenando a Hugo Alberto Guerra Jorquera a 5 años de presidio y a Luis Osvaldo García Guzmán a 3 años y un día de presidio.



A los condenados se les concedió el beneficio de la libertad vigilada quedando sujetos a los requisitos de la Ley N° 18.126 por el tiempo que dure la condena asignada.



En la parte civil se condenó al Fisco a pagar la suma de $ 70.000.000 (setenta millones de pesos) a Ramona Lagos Lagos y $ 40.000.000 (cuarenta millones de pesos) a Marta Castro González, ambos familiares de las víctimas, por concepto de daño moral.



Los integrantes de la sala fueron los ministros Nibaldo Segura, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller y los abogados integrantes Juan Carlos Cárcamo y Domingo Hernández.



En la parte penal, el fallo fue acordado con el voto en contra del ministro Segura quien fue partidario de aplicar el principio de la prescripción de la acción penal; mientras que en la parte civil el dictamen fue rechazado por el ministro Segura y el abogado Hernández, cada uno por los motivos que se detallan en la sentencia.



Esta es la novena sentencia en casos de derechos humanos de la Corte Suprema este año y la 36 desde el año 2005.

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