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Corte de Temuco ordena a la PDI abstenerse de interrogar a menores en operativos policiales

En fallo unánime, los ministros acogieron una medida cautelar presentada en favor de los menores mapuches Víctor y Karla, de la comunidad Muko Bajo.


La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de protección presentado en favor de dos niños de origen mapuche interrogados por personal de la Policía de Investigaciones (PDI), en el marco de un operativo policial.

En fallo unánime, los ministros acogieron una medida cautelar presentada en favor de los menores Víctor y Karla, de la comunidad Muko Bajo.

El fallo determina que: “la Policía de Investigaciones de Chile (…) deberá abstenerse en  lo sucesivo de efectuar requerimientos o interrogaciones a los niños en cuyo favor se recurre, bajo cualquier modalidad, sin respetar los preceptos que a favor de éstos garantiza la Convención de Derechos del Niño antes citada”.

Los magistrados consideraron que el operativo policial violó el artículo 19 N°1 de la Constitución; es decir, el derecho a la vida e integridad física y psíquica de la persona de los menores por lo que se recurre.

“Que las obligaciones anteriores de los funcionarios de la Policía de Investigaciones adquieren mayor fuerza por cuanto, tratándose de un órgano estatal, deben respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, garantizados por la Constitución Política de la República así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes», apunta el fallo.

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