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Gobierno logra acuerdo en proyecto de ley sobre composición nutricional de los alimentos

El titular del Minsal explicó que el pacto “recoge aspectos solicitados por los parlamentarios y que fueron motivo del veto presentado por el Presidente de la República y se ha concordado conseguir los votos para que algunos articulados queden tal como estaban redactados al salir del Senado y la Cámara de Diputados.


El ministro de Salud, Jaime Mañalich, valoró el acuerdo alcanzado este martes entre el Gobierno y legisladores de todas las colectividades para aprobar el Proyecto de Ley sobre Composición Nutricional de los Alimentos que prohíbe que en establecimientos escolares de educación parvularia, básica y media se venda, promocione o se haga publicidad sobre alimentos que presenten en su composición elevados contenidos de grasas, azúcares o sal.

Según detalló el Minsal en un comunicado, el proyecto establece, además, la obligación de incluir advertencias en envases o etiquetas que indiquen “ALTO EN” respecto de los contenidos de azúcar, grasas y sal de los alimentos. El texto indica que será el Ministerio de Salud, mediante un Reglamento Sanitario de los Alimentos, el que determinará la forma, tamaño, color y proporción de los contenidos de las etiquetas y rótulos nutricionales.

“Hemos llegado a un acuerdo final que recoge aspectos solicitados por los parlamentarios y que fueron motivo del veto presentado por el Presidente de la República y se ha concordado conseguir los votos para que algunos articulados queden tal como estaban redactados al salir del Senado y la Cámara de Diputados”, explicó el Ministro Mañalich.

El Secretario de Estado informó también que la promoción de los alimentos no podrá realizarse utilizando ganchos comerciales que se aprovechen de la credulidad de los menores.

Respecto a los puntos en los que había diferencias, se estableció en primer término un protocolo de acuerdo para enviar un proyecto de ley que regule la publicidad de los alimentos que resulten definidos por el Ministerio de Salud como “ALTOS EN SAL”, “ALTOS EN AZÚCARES” o “ALTOS EN GRASA” en el sentido que su difusión en televisión no podrá efectuarse antes de las 10 de la noche, con la excepción de los eventos de carácter deportivo, cultural o artístico y que sea imposible fiscalizar.

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