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Contraloría detecta aumentos de sueldos ilegales en 286 de las 345 comunas del país

Se pagaron más de $14 mil millones en un año. El ente fiscalizador aclaró que “el incremento previsional se aplica sólo a las remuneraciones imponibles al 28 de febrero de 1981”.


Contraloría General de la República detectó que alcaldes y funcionarios de 286 de las 345 comunas del país recibieron -reciben en algunos casos- aumentos de sueldos ilegales.

Según el ente fiscalizador, el incrementó se realizó utilizando una interpretación de una norma que data de 1980, cuando se comenzó a aplicar la nueva ley previsional. Situación que se efectuó haciendo caso omiso a una serie de pronunciamientos de Contraloría, según detalló La Segunda.

Por tal razón, el contralor general, Ramiro Mendoza, envió los antecedentes al Presidente Sebastián Piñera.

De acuerdo informó el diario vespertino, en 2009, el perjuicio sobrepasó los $14 mil millones.

Cabe consignar que con el fin de mantener los sueldos líquidos que recibían los empleados públicos en 1980, se decidió subir las remuneraciones imponibles. Luego, en 1998, Contraloría aclaró que: “El incremento previsional se aplica sólo a las remuneraciones imponibles al 28 de febrero de 1981”.

El texto entregado por la Contraloría al Presidente Sebastián Piñera señala que los aumentos salariales eran improcedentes, que había que devolver los dineros mal pagados y les hizo ver a los municipios que eran los únicos entes públicos que se estaban aprovechando de la situación.

“Pese a la claridad de los pronunciamientos… varias municipalidades, a través de sus respectivos alcaldes, quienes también se han visto beneficiados (indebidamente), han continuado en su afán de eludir el cumplimiento de las órdenes impartidas por esta entidad (…) Del idéntico tenor de muchas de las presentaciones formuladas por las entidades edilicias, sobre todo las de aquellas que pertenecen a una misma región o localidad, puede desprenderse que un número importante de ellas está actuando de manera conjunta o concertada a fin de insistir en la errónea interpretación de la forma de cálculo… o, al menos, prolongar el tiempo durante el cual se siga pagando dicho beneficio indebidamente ”.

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