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Informe de la UDP sobre DD.HH: «El derecho a reunión no se respeta como establece la Constitución y se reprime con fuerza innecesaria»

“Las violaciones de derechos provocadas por funcionarios de Carabineros que se han mostrado en otros años, como los asesinatos por la espalda de jóvenes mapuche en la Araucanía, tomaron la forma de funcionarios presionados por mantener el orden público sin aparente contención política a los límites de su actuación», sostiene el estudio.


La protesta social y el abuso policial figuran como dos fenómenos contrastantes de una misma realidad que se consolidan como una tendencia en la sociedad chilena, sostiene  el Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile 2011, el cual  viene haciendo un seguimiento del tema desde el año 2007, tras las primeras movilizaciones sociales de los estudiantes secundarios.

“Durante 2011, la protesta se ha situado en el centro de la noticia; se han realizado las movilizaciones más masivas desde el retorno a la democracia, pero su masividad y la atención que han recibido hasta ahora contrasta con la satisfacción de los derechos involucrados”, se señala en el capítulo «Protesta Social y Derechos Humanos»,  que efectúa  un escrutinio del comportamiento del Estado de Chile a la luz de los estándares internacionales a los que se ha sometido voluntariamente, y de sus disposiciones constitucionales.

Estas percepciones son relevantes para comprender el entorno de restricciones que enfrenta la protesta social en Chile,  afirma  la investigación, tanto desde la perspectiva del  ejercicio de derechos constitucionales, como de restricciones que van desde amenazas de prohibición a regulaciones innecesarias o injustificadas en una democracia, y proyectos de ley que buscan desplazar el eje de responsabilidad por el resguardo del orden público desde el Estado a los particulares.

Las mismas actitudes inciden directamente en la forma en que intervienen las fuerzas de orden y seguridad pública, se agrega. “Las violaciones de derechos provocadas por funcionarios de Carabineros que se han mostrado en otros años, como los asesinatos por la espalda de jóvenes mapuche en la Araucanía, tomaron la forma de funcionarios presionados por mantener el orden público sin aparente contención política a los límites de su actuación. A las bombas lacrimógenas arrojadas en lugares cerrados, los carros lanza aguas disolviendo marchas pacíficas en lugares residenciales, y los jóvenes denunciando fuertes golpizas y maltrato, se sumó la presencia confirmada de carabineros de civil haciendo ‘inteligencia’ como infiltrados en marchas estudiantiles, funcionarios aduciendo actuar en legítima defensa cuando no lo hacen, y el asesinato de un joven que se encontraba observando una protesta”.

En relación a este tema, se recomienda, entre otras medidas, derogar el Decreto Supremo 1.086, que data del año 1983. ” Además de ser un instrumento de jerarquía inferior a la ley –lo que sitúa al Estado de Chile en situación de incumplimiento de los estándares–, permite, en contra del texto expreso de la Constitución, la prohibición del ejercicio del derecho de reunión”, se señala. Sobre la actuación de Carabineros, se afirma que el uso de la fuerza innecesaria es un delito y que se debe promover una reforma legal de los procedimientos de investigación internos de la institución. “A la fecha, dichos procedimientos son informales y carecen de efectividad. Los ciudadanos que desean formular sus reclamos contra las actuaciones policiales desproporcionadas carecen de un debido proceso en su favor”, se puntualiza.

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