El organismo internacional determinó por unanimidad que el Estado de Chile es responsable por la violación del derecho a la igualdad y la no discriminación, en perjuicio de Karen Atala Riffo y sus hijas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó este martes la sentencia en el caso de la jueza Karen Atala contra el Estado de Chile.
El caso fue presentado a la Corte por la Comisión Interamericana el 17 de septiembre de 2010.
La organización informó en un comunicado que este se relaciona “con el trato discriminatorio y la interferencia arbitraria en la vida privada y familiar que sufrió la señora Atala debido a su orientación sexual en el proceso judicial que resultó en el retiro del cuidado y custodia de sus tres hijas”.
La Corte determinó por unanimidad que el Estado es responsable por la violación del derecho a la igualdad y la no discriminación, en perjuicio de Karen Atala Riffo y sus hijas; es responsable por la violación del derecho a la vida privada de la jueza; es responsable por la violación del derecho a ser oído de la misma; y también es esponsable por la violación de la garantía de imparcialidad consagrada en el artículo 8.1, en relación con el artículo 1.1 de la Convención Americana, respecto a la investigación disciplinaria, en perjuicio de Karen Atala Riffo.
En base a esto impuso que Chile “debe realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del presente caso” y “rindar, la atención médica y psicológica o psiquiátrica gratuita y de forma inmediata, adecuada y efectiva, a través de sus instituciones públicas de salud especializadas a las víctimas que así lo soliciten” entre otras medidas.