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    14 de Septiembre de 2012

    Ex senadora designada y abogada de Pinochet por caso Benítez

    Olga Feliú: La Constitución “establece explícitamente que no se pueden revisar los fundamentos de las resoluciones judiciales”

    La jurista establece que el objetivo de la disposición “fue, justamente, evitar los cuestionamientos a las decisiones de la Corte Suprema”. Consultada sobre si fueron prudentes las declaraciones de la titular de Medio Ambiente, respondió: “Lo que resuelve el Poder Judicial no lo puede cuestionar el Poder Ejecutivo, debe acatarlo”.

    La presidenta del Colegio de Abogados, Olga Feliú, salió al paso de los dichos de la ministra Benítez, quien criticó a la Corte Suprema por detener el proyecto de Central Castilla. En declaraciones al Diario Financiero, la ex defensora de Pinochet y senadora designada por la Corte Suprema (desde 1990 a 1998), resaltó que “la facultad de juzgar las causas civiles y criminales le corresponde a los Tribunales establecidos por la ley y ni el Presidente de la República, ni el Congreso Nacional, pueden abocarse a causas pendientes”.

    Consultada sobre si fueron prudentes las declaraciones de la titular de Medio Ambiente, respondió: “Lo que resuelve el Poder Judicial no lo puede cuestionar el Poder Ejecutivo, debe acatarlo”, agregando que “la Corte Suprema puede manifestar lo que a ella le parece sobre una declaración de un ministro de Estado que considera que altera, agravia o trasgrede las prohibiciones que tiene el Ejecutivo y todos los otros poderes, de involucrarse en decisiones autónomas del Poder Judicial”.

    Si bien afirmó que “todo el mundo puede opinar y es muy sano que se haga en democracia, el texto vigente de la Constitución impide en su artículo 76, los cuestionamientos oficiales de los fallos judiciales”, habiendo antes señalado que “la ley no le atribuye a los ministros ser comentaristas de los fallos judiciales”.

    Sobre la legitimidad de los cuestionamientos de Benítez por su rol como ministra enfatizó que “las leyes medioambientales no otorgan a las autoridades que deben resolver, facultades discrecionales, sino ceñirse a lo que la ley señala”. Y fue más enfática en decir que “puede haber interpretaciones, pero la verdad jurídica inapelable es la de la Corte Suprema”.

     


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