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Suprema ratifica millonaria multa a Juan Cueto por uso de información privilegiada Por el mismo caso que involucró al Presidente Sebastián Piñera

Suprema ratifica millonaria multa a Juan Cueto por uso de información privilegiada

En su fallo, los jueces dictaminaron que “la información de los estados financieros trimestrales contenidos en la FECU, es una información concreta acerca de la situación financiera de la sociedad, su liquidez, el endeudamiento, resultados operacionales y no operacionales, utilidades y pérdidas antes de impuestos, rentabilidad, variaciones de capital, distribución de dividendos, que por su naturaleza tiene la aptitud para ejercer influencia sobre la decisión de un hombre juicioso en orden a efectuar o no una determinada inversión”.


La Corte Suprema le corta las alas a Juan Cueto, controlador de LAN. La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, Sonia Araneda, Guillermo Silva, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Raúl Lecaros, rechazaron un recurso de casación interpuesto por la defensa del empresario.

La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) había sancionado a Cueto con una multa de UF 1620 por comprar 3 millones de acciones de LAN usando ilegítimamente información privilegiada.

Las investigaciones de la SVS determinaron que la compra de papeles de LAN se realizó el 24 de julio de 2006, a las 15:59 hrs., casi media hora después que el directorio de la compañía aprobara los estados financieros correspondientes al 30 de junio de ese año.

La SVS no formuló los cargos sino hasta enero de 2007.

El caso también involucró al Presidente Sebastián Piñera, quien como empresario en ese entonces adquirió 250.000 títulos de la compañía aérea.

En su fallo, los jueces dictaminaron que “la información de los estados financieros trimestrales contenidos en la FECU, es una información concreta acerca de la situación financiera de la sociedad, su liquidez, el endeudamiento, resultados operacionales y no operacionales, utilidades y pérdidas antes de impuestos, rentabilidad, variaciones de capital, distribución de dividendos, que por su naturaleza tiene la aptitud para ejercer influencia sobre la decisión de un hombre juicioso en orden a efectuar o no una determinada inversión”.

Agregando la resolución que “la aprobación por parte del Directorio de Lan Airlines S.A. de los estados financieros trimestrales, le confiere el carácter de cierta a la información contenida en éstos, incluyendo la distribución de los dividendos, oportunidad en la cual, y hasta su divulgación la convierte en información privilegiada conforme al concepto de ésta contenido en el artículo 164 de la Ley de Valores”.

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