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Tribunal declara a Martín Larraín culpable de cuasidelito de homicidio pero descarta manejo en estado de ebriedad

Tribunal declara a Martín Larraín culpable de cuasidelito de homicidio pero descarta manejo en estado de ebriedad

“Los antecedentes probatorios aportados por la Fiscalía no han podido establecer el estado de ebriedad del imputado”, dice el veredicto, que fijó para el 18 de julio la lectura de la sentencia que determinará la pena que enfrentará por la muerte de Hernán Canales.


El Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes declaró a Martín Larraín Hurtado, hijo del ex presidente de RN Carlos Larraín, culpable de cuasidelito de homicidio de Hernán Canales, a quien atropelló la madrugada del 18 de septiembre de 2013 en el balneario de Curanipe, en la Región del Maule, para luego darse a la fuga.

El veredicto del juicio dado a conocer por la jueza Darina Contreras, descartó sin embargo que Larraín condujera su jeep bajo la influencia del alcohol, por lo que desechó imputarle el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte, como lo solicitaba la Fiscalía, ya que a juicio de los jueces esto no se pudo comprobar. “Los antecedentes probatorios aportados por la Fiscalía no han podido establecer el estado de ebriedad del imputado”, sostiene.

El veredicto también absolvió del delito de obstrucción a la investigación a los amigos del imputado, Sofía Gaete y Sebastián Edwards, quienes lo acompañaban la noche del accidente. Ambos fueron imputados después de caer en varias contradicciones en la primera etapa de la investigación.

Finalmente, se fijó para el viernes 18 de julio la lectura de la sentencia que establecerá la pena contra Larraín Hurtado, quien dada su irreprochable conducta anterior difícilmente pasará un día en la cárcel. Y por el hecho de descartarse la ingesta de alcohol, podrá también seguir conduciendo.

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