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Reforma laboral: gobierno cede a presión y se abre a reemplazo interno acotado en caso de huelga

Reforma laboral: gobierno cede a presión y se abre a reemplazo interno acotado en caso de huelga

El proyecto de ley establece solo la prohibición del reemplazo del puesto de trabajo y no de la «función laboral». A juicio del subsecretario del Trabajo este último concepto «es impreciso y abre la puerta a interpretaciones».


El subsecretario del Trabajo, Francisco Díaz, se refirió a uno de los temas que más debate ha generado en torno a la reforma laboral: el reemplazo con empleados internos en caso de huelga.

En un encuentro de conversación laboral en el think tank ligado al oficialismo, Chile 21, la autoridad confesó que en el texto hay un espacio acotado para la sustitución.

“Como en Chile tenemos multiplicidad sindical –puede haber más de un sindicato en una empresa–, va a ocurrir que hay trabajadores en huelga dentro de una empresa donde hay otros trabajadores que no van a ir a la huelga. La línea divisoria de cuándo yo estoy reemplazando con un trabajador interno es bien débil. O sea, cuando le pido a una secretaria que haga la llamada que la secretaria que está en huelga no hizo, ¿es reemplazo o no es reemplazo? Es jodido cuando se divide eso”, sostuvo Díaz.

El proyecto de ley establece sólo la prohibición del reemplazo del puesto de trabajo y no de la «función laboral». A juicio del subsecretario este último concepto «es impreciso y abre la puerta a interpretaciones».

“¿Si se va a huelga una secretaria, se va a huelga toda la función de secretariado cuando hay trabajadores de esa función que no lo están? A nuestro juicio, es imprecisa, imposible de aplicar (el fin del reemplazo con internos) y atenta incluso contra la libertad sindical del que no se fue a huelga con ese sindicato”, reparó.

En esa línea, recordó que «el caso de la Corte Suprema –de diciembre pasado– se refería a la prohibición de sustitución del puesto de trabajo y no de la función».

“Construye la noción de puesto (de trabajo) que nosotros hemos tratado de incluir en el proyecto de ley, como un concepto que se va a construir en el caso a caso y que es una confluencia de turno, función y lugar o posición física, o sea, de la confluencia de esos tres (requisitos). Se van a huelga solo algunos guardias de la empresa y del resto de la empresa nadie, ¿puedo trasladar guardias desde adentro a la puerta? Parece que sí. ¿Si se fue todo un turno, puedo cambiar los turnos? Ahí ya huele a reemplazo interno. Entonces esto va a ser, como lo hizo la Corte Suprema, algo donde la jurisprudencia va a ir ayudando mucho”, concluyó.

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