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Carlos Peña dice que la discusión del aborto en una sociedad democrática no se trata del derecho a la vida

Carlos Peña dice que la discusión del aborto en una sociedad democrática no se trata del derecho a la vida

Peña plantea que la discusión no se basa en las convicciones morales, como el derecho a la vida, sino en que «si acaso una sociedad puede imponer coactivamente a las mujeres obligaciones que, bajo cualquier respecto, equivalen, por decirlo así, a actos moralmente heroicos, actos supererogatorios».


El columnista y rector de la Universidad Diego Portales, Carlos Peña, plantea un dilema que la sociedad debiera tener en cuenta, cuando conversa y debate sobre el aborto, el debate democrático. «Las sociedades democráticas están puestas enfrente del siguiente dilema: deben aceptar que cada persona tenga convicciones religiosas o de otra índole, acerca de los límites de la existencia o el sentido de la vida humana, y que viva conforme a ellas; pero, al mismo tiempo, debe contar con reglas comunes que orienten la convivencia».

El debate democrático debiera permitir lograr el equilibrio entre las convicciones y que establezca reglas para la convivencia. El acuerdo de esto, se llamaría un consenso superpuesto. Es ahí donde Peña cuestiona si existen o no las bases para poder alcanzarlo.

Sobre el proyecto de aborto que el Senado comenzará a ver en marzo, las condiciones que se ponen en la mesa no son las de discutir sobre un permiso general para abortar, sino que para el rector «lo que establece es el derecho de la mujer para decidir hacerlo cuando enfrenta una ‘elección trágica’, una elección entre alternativas tan dramáticas que ningún observador imparcial podría resolver bien», refiriéndose con esto a las tres causales: inviabilidad del feto, riesgo de vida de la madre o violación.

Por lo mismo, Peña plantea que la discusión no se basa en las convicciones morales, como el derecho a la vida, sino en que «si acaso una sociedad puede imponer coactivamente a las mujeres obligaciones que, bajo cualquier respecto, equivalen, por decirlo así, a actos moralmente heroicos, actos supererogatorios».

Lo que el proyecto propone, es que el Estado no puede obligar a una mujer bajo sus métodos coactivos a mantener el embarazo en alguna de las tres causales. Para fortalecer este argumento el columnista realiza el siguiente cuestionamiento: si en general hay acuerdo sobre que la donación de órganos o de sangre es positivo, pero no se obliga jurídicamente: «¿Por qué habrá de serlo soportar el fruto de una violación?».

Para redondear la idea, Peña escribe que «desde antiguo se llama supererogatoria a una conducta que es buena, pero que no es obligatoria. La doctrina católica acepta completamente que no basta que algo sea bueno para que sea debido hacerlo. Abandonar los bienes y la familia y dejar todo atrás para seguir a Jesús es bueno, pero no obligatorio. La abstinencia, para un católico, es buena, pero casarse no es pecado. Así entonces, no todo lo que es bueno es obligatorio. Hay actos que tienen valor moral, pero que caen fuera de la idea de deber».

Finalmente, plantea que, de esta forma, se podría aceptar que sostener un embarazo sabiendo que el feto morirá, que una mujer arriesgue su vida en defensa de la del embrión o incluso después de haber sido violada, serían actos buenos, pero no obligatorios. «Y por eso, lo razonable es que esa decisión le corresponda a la mujer: es ella quien, puesta frente a una elección trágica, debe decidir si asume o no esa carga supererogatoria, y no es el Estado quien debe decidir por ella».

Por lo tanto, «lo que deberá discutirse en marzo entonces es si el derecho puede imponer esas conductas supererogatorias a las mujeres: si acaso puede obligarlas, cuando son violadas o castigadas por la naturaleza, a comportarse como heroínas o como santas», concluye el rector de la UDP.

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