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Censura a Revista Paula: corte declaró admisible recurso contra Primer Juzgado de Familia de Santiago

Censura a Revista Paula: corte declaró admisible recurso contra Primer Juzgado de Familia de Santiago

Cinco días tienen los jueces Gloria Miranda y Daniel Leiva del Primer Juzgado de Familia de Santiago para explicar las razones que motivaron la prohibición de publicar un reportaje de la Revista Paula que revelaba la situación de las niñas residentes de un hogar para madres adolescentes del Sename.


El 11 de marzo Constanza López, directora de la Revista Paula, acusó en su última edición censura previa de un reportaje de la periodista Carolina Rojas que revelaba la complicada situación que viven las niñas del programa “Residencias de Protección para Madres Adolescentes” del Sename, que la publicación quincenal no pudo divulgar porque una resolución judicial del Primer Juzgado de Familia de Santiago lo prohibió.

«Se prohíbe la divulgación, por cualquier medio de comunicación social, de cualquier dato que dé cuenta de la situación de vida de las adolescentes que se encuentran en el Hogar Refugio de Misericordia, y en particular de la joven y su hija -las identifica con las iniciales en ambos casos-, a través de cualquier reportaje o nota periodística de Revista Paula», decía la resolución del juzgado de Familia que resolvió a partir de las presentaciones de Jimena Briones, directora del hogar que menciona el documento, en cinco ocasiones en los juzgados de Familia de San Miguel, Arica y Santiago. Los jueces de todas esas instancias rechazaron prohibir la publicación. Sólo el Primer Juzgado de Familia de Santiago estuvo a favor y la dictaminó.

El reportaje muestra “no sólo la dura realidad socioeconómica, familiar y de vulneración de sus derechos que viven estas niñas, sino también las crudas condiciones a las que pueden enfrentarse una vez internadas en estas instituciones”, dijo Constanza López.

El viernes pasado al mediodía y tras socializar su carta “No podemos publicar”, la directora de la revista presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago. “Se ha materializado una prohibición de informar que impide arbitraria e ilegalmente a Revista Paula ejercer la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio”, dice el recurso.

El texto argumenta que los jueces del Primer Juzgado de Familia de Santiago, Daniel Leiva y Gloria Miranda, actuaron arbitrariamente, fuera de las facultades que les confiere la ley y contra las normas de la Constitución y los tratados internacionales suscritos por Chile.

El vicepresidente del Colegio de Periodistas, Patricio Segura, dijo que ningún tipo de censura previa es aceptable para el gremio y eso está establecido en distintas legislaciones internacionales. “Es algo que no se puede permitir en un sistema democrático”, señaló y agregó que los medios de comunicación no son aliados de los servicios públicos, sino que deben fiscalizar a las instituciones del Estado, sumado a que en este caso puntual existe un interés público que los periodistas tienen el derecho y la obligación de difundir.

El Sename afirmó que colaboró con la investigación facilitando fuentes e información, pero la controversia se produjo cuando Revista Paula entrevistó a una adolescente residente de un centro dependiente de su organismo quien habría entregado su testimonio sobre malos tratos que habría sufrido en el hogar. Entrevista que, de acuerdo al servicio dependiente de Justicia, transgrede el artículo 57 de la ley de menores. Una tesis que se baraja es que el Sename quería tapar el testimonio y aprovecharon que tenían tiempo, pues la publicación es quincenal, para lograr que se prohibiera la difusión.

Tras la presentación del recurso de protección de Revista Paula, sin embargo, las autoridades del Servicio Nacional del Menor anunciaron que acatarán lo que decidan los tribunales. La Corte de Apelaciones de Santiago admitió a trámite el recurso y la primera sala del Tribunal de Alzada presidida por la ministra Dobra Lusic solicitó a los jueces Leiva y Miranda que en un plazo de cinco días informen todos los antecedentes en su poder sobre el asunto que motivó el recurso. La resolución de la corte podría demorar al menos un par de semanas en darse a conocer.

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