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Asociación de Fiscales critica remoción de Arias de caso Corpesca: «Cuando investigaciones afecten a grupos de poder» harán valer norma para desinformar a la ciudadanía Acusan que Abbott hizo «públicamente un juicio de reproche» en contra del persecutor

Asociación de Fiscales critica remoción de Arias de caso Corpesca: «Cuando investigaciones afecten a grupos de poder» harán valer norma para desinformar a la ciudadanía

La agrupación de persecutores públicos criticaron y tildaron de «grave» la resolución de abrir un sumario administrativo en contra del fiscal Emiliano Arias. «No puede llegar al extremo de impedir a los fiscales regionales y adjuntos, emitir opiniones de carácter general», señalaron por medio de un comunicado.


Un nuevo foco de críticas se abrió luego de que el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, sacara del caso Corpesca al fiscal Emiliano Arias, tras las declaraciones que dio este a La Tercera, en la que aseguró que la Ley de Pesca era «corrupta» en su origen.

Ante esto, la Asociación Nacional de Fiscales del Ministerio Público rechazó la decisión tomada por Abbott, quien además abrió un sumario administrativo en contra del fiscal que llevaba la causa por supuesto financiamiento irregular a la política.

Según los persecutores, la interpretación de la ley en la que se basó Abbott «no puede llegar al extremo de impedir a los fiscales regionales y adjuntos, emitir opiniones de carácter general y que no afectan a la investigación», más aún en el caso en que dichas expresiones ya han sido «expuestas públicamente ante los tribunales de justicia».

«Resulta particularmente grave que se tome esta medida», sentencian los fiscales, y recalcan que se invoca el artículo 64 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, «que fue modificada recientemente por la llamada Ley de ‘Agenda Corta Antidelincuencia’ y que, mal interpretada, puede solo emplearse para privar a la opinión pública de información relevante en casos de alto interés ciudadano».

Agregan que esta interpretación «refuerza las aprensiones que hicimos saber en la tramitación legislativa de la ‘Agenda Corta’, porque, en definitiva, cuando investigaciones afecten a grupos de poder, se ha de valer la presente norma para conseguir mantener desinformada a la ciudadanía».

Hacen hincapié en que el Fiscal Nacional no puede utilizar «sus potestades para asignar y reasignar causas relevantes para el país, motivando dicha facultad no en mejorar el resultado de las investigaciones en curso, sino como una sanción en contra de un determinado Fiscal, más aún, si en este caso en particular, no existe ningún reproche manifestado por el Fiscal Nacional respecto de la tramitación misma de la investigación a cargo del Fiscal Arias o de sus resultados».

Finalmente, tildan de «grave» la instrucción de abrir el sumario administrativo en contra de Arias, ya que sus declaraciones a La Tercera evidencian una perspectiva de «carácter general, las cuales informan a la ciudadanía sobre el curso de una investigación relevante» y critican que se haya realizado «públicamente un juicio de reproche en contra del Fiscal Arias, previo al inicio del sumario», por medio de «expresiones valorativas impropias, para quien luego debe tomar una decisión final sobre esta conducta que él mismo ordenó fueran investigadas, lo que pone de manifiesto la precariedad del proceso administrativo que actualmente existe en contra de los Fiscales».

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