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“Desproporcionado e inconstitucional”: las razones del Presidente de la Corte Suprema para oponerse a que los delitos sexuales contra menores sean imprescriptibles PAÍS

“Desproporcionado e inconstitucional”: las razones del Presidente de la Corte Suprema para oponerse a que los delitos sexuales contra menores sean imprescriptibles

Haroldo Brito, junto a los ministros Hugo Dolmetsch y Carlos Künsemüller, entregaron un oficio el año pasado a la Cámara de Diputados argumentando su negativa a hacer imprescriptibles los delitos por abuso sexual, que ya tenía incluso un proyecto de ley presentado el 2010 por parte de la oposición de aquella época.


21 de septiembre de 2017. Los ministros Haroldo Brito, Hugo Dolmetsch y Carlos Künsemüller presentaban un oficio a la Cámara de Diputados manifestando su oposición a la imprescriptibilidad de los delitos sexuales en contra de menores de edad. Un año después, el primero de los mencionados, que ahora es Presidente de la Corte Suprema, está en la polémica por este hecho, justo cuando el gobierno impulsará un proyecto de ley, presentado por senadores de oposición en 2010, sobre este tema.

Las razones que esgrimieron en ese oficio, según detalla el diario La Tercera, indicaba que “la determinación de la imprescriptibilidad de estos delitos parece desproporcionada, pudiendo incluso adquirir cierto ribete de inconstitucionalidad al atentar de un modo arbitrario en contra de la garantía de ser juzgado y castigado dentro de un plazo razonable”.

El argumento fue dado, en ese momento, como un voto de minoría por parte de los tres magistrados, luego de que el pleno del tribunal desechara responder a la consulta de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, dado el plazo que habría transcurrido entre la petición y la respuesta de la Corte.

Según los jueces, “el primer gran obstáculo es fundamentar por qué una u otra clase de delitos debería tener un tratamiento procesal y penal tan agravado. ¿Si se justifica la imprescriptibilidad del delito de estupro, por qué no formular también la imprescriptibilidad del incendio que causa la muerte…?”.

Incluso, en el escrito hablan de la naturaleza de los delitos de abuso sexual: “en general, y los abusos en particular, implican importantes problemas probatorios que reformas como la propuesta solo agravarían”.

En la actualidad los delitos simples prescriben en cinco años, mientras aquellos más graves lo hacen en 10 años. En 2007 se aprobó una indicación al Código Penal que permite en algunos casos que la prescripción se inicie cuando la víctima cumple 18 años. Y Brito, Dolmetsch y Künsemüller sólo querían que los delitos de lesa humanidad fueran imprescriptibles.

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