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Otra del Sence: ahora participantes de cursos deberán firmar declaración jurada

Otra del Sence: ahora participantes de cursos deberán firmar declaración jurada

La situación ha generado molestia, entre otras cosas porque se avisa con 5 días de anticipación sobre un cambio que podría generar dificultades logísticas que ni siquiera se han evaluado, como el envío a tiempo de estas cartas, que deben ser en original desde oficinas en provincias, por ejemplo, a la central en Santiago.


Una nueva piedra en el camino deben sortear las OTEC y los usuarios del Sence, luego de que su director, Juan Bennett, anunciara a través de una carta que a partir del 16 de diciembre los participantes de cursos a distancia e-learning deberán entregar una declaración jurada acreditando “que las actividades de capacitación se cumplieron a cabalidad en los términos autorizados por el Servicio Nacional”.

Nueva exigencia que se anunció menos de una semana antes de que empezara a regir, y que según la misiva se realiza con la finalidad de “dar cumplimiento a la normativa vigente», que data de 1997.

No es la primera vez que el Sence complica a las OTEC: este año una polémica licitación para  implementar el servicio “Libro de Clases Electrónico” sacó ronchas.

La situación ha generado molestia, entre otras cosas porque se avisa con 5 días de anticipación sobre un cambio que podría generar dificultades logísticas que ni siquiera se han evaluado, como el envío a tiempo de estas cartas, que deben ser en original desde oficinas en provincias, por ejemplo, a la central en Santiago.

Además, no está claro qué significa respecto de posibles retrasos en los pagos a las OTEC por la complejidad del procesamiento, o cómo se va a procesar esto, en términos materiales, considerando, por ejemplo, cursos masivos que van de 3.000 o más alumnos.

Por otra parte, señala el director de una de las OTEC que recibió la misiva, se afectarían los derechos de los trabajadores, ya que “el documento posibilita que se pueda hacer responsable al trabajador por incumplimientos que pueda realizar la empresa del trabajador o la OTEC. Esto es de suma gravedad. El trabajador se supone que debe saber lo que firma, y se mencionan decretos y conceptos que no hay ninguna razón por la que vaya a tener conocimiento de ellos, razón suficiente para que no los firme. Yo no los firmaría”.

La misma fuente agrega que “se asume que las horas declaradas para un curso deben ser las horas de trabajo del alumno. Esto tiene dos dificultades. Una que las horas que define una OTEC para un curso e-learning son las horas presuntas, ya que no hay modo de controlar las horas efectivas que un alumno utiliza en un curso, considerando que en la dinámica de un curso virtual no es el profesor el que determina los ritmos de aprendizaje. Y, segundo, al ocurrir esto el usuario/trabajador, podría no cumplir con lo que pide la carta que firma por varios motivos, como que se demoró menos que lo que el curso prescribía o se demoró más que lo que el curso prescribía. Pudiendo en ambos casos caer en falsedad en su declaración”.

Lo que no es menor, ya que la declaración jurada contiene una nota final, que señala que “la falsedad en la presente declaración dará lugar a que el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo efectúe la correspondiente denuncia ante el Ministerio Público por los delitos contemplados en los artículos 197, 198, 212 y 470 Nº 8 del Código Penal, esto es por falsificación en instrumento privado, perjurio y defraudación, según corresponda”.

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