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Cámara de Diputados despacha proyecto de ley que incrementa asignaciones a personal de Junji


Por unanimidad, 55 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó las modificaciones del Senado al proyecto de ley que incrementa las remuneraciones variables para el personal de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji), iniciativa que fue despachada del Congreso y fue enviada al Ejecutivo para su publicación.

La iniciativa ingresó a tramitación el 29 de abril de este año, propone variaciones en dos de los porcentajes de asignaciones que a la fecha percibe el personal de la Junji como parte de sus remuneraciones variables, aplicándose los nuevos valores desde el 1 de enero de 2012.

De esta forma, el texto asigna, para 2012 y 2013, porcentajes del 9,2% y 9,5%, para el incentivo anual al desempeño para los funcionarios de planta y a contrata, incluidos los suplentes, en relación a los resultados obtenidos en el proceso de Evaluación Integral de la Calidad de la Educación Parvularia, fijándose un 10% a partir del 2014.

Por otra parte, también se aumenta en un punto la asignación de modernización de la Ley 19.553 en su componente de incremento por desempeño institucional, que se incrementa para la Junji de 5% a 6%, de tal forma que la referida asignación para este universo podrá alcanzar, en conjunto, un máximo de 20%.

Ambos beneficios son de definición anual y se pagan en cuotas, el primero en tres y la asignación de modernización en cuatro. Dichas cuotas deberán ser recalculadas desde 2012 respecto de lo ya pagado hasta la fecha de publicación de la ley, otorgándose un bono no imponible ni tributable por ese lapso.

BONO DE RETIRO

Una segunda parte del proyecto otorga en forma transitoria y condicional a las directoras de jardines infantiles afiliadas al Sistema de Pensiones del Decreto Ley 3.500, de 1980, que se retiren, hasta el 30 de junio de 2014, un bono especial de 10 unidades de fomento por año de desempeño en tal calidad, con tope de 100 UF.

Este bono se entregará a quienes se acojan al plan de retiro que la Ley 20.648 concedió al personal de esta institución, en tanto las señaladas directoras cumplan con las condiciones que se definen en esta iniciativa.

Este beneficio se hace extensivo a las directoras que se hayan retirado a contar del 15 de julio de 2011, que hayan percibido la bonificación por retiro del Título II de la Ley 19.882 y cumplan con las condiciones fijadas para ello.

De acuerdo al texto, la Junta Nacional de Jardines Infantiles es el eslabón inicial y fundamental de la cadena de formación educacional, ejerciendo un fuerte impacto tanto como institución en su conjunto, como su personal individualmente o en equipos de trabajo o unidades laborales.

De ahí la necesidad de mantener las mediciones a que están sujetos y las evaluaciones permanentes de la calidad de su función, lo que se potencia y adquiere mayor relevancia al fortalecer la compensación que obtienen aquellos que logran los mejores resultados y además los van superando.

upi//

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