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¿Por qué cambiar la Constitución?*

Eduardo Chia y Flavio Quezada
Por : Eduardo Chia y Flavio Quezada Abogados. Instituto Igualdad
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La inercia política a la que nos conduce la ordenación dispuesta en la Constitución vigente ha condicionado el ejercicio efectivo de la soberanía popular. Aquel pueblo que engloba, en términos enunciativos, a las mujeres, los indígenas, los trabajadores, los estudiantes, la comunidad LGBTI, los agraviados, los pobladores y los desaventajados sociales. No hay un verdadero pueblo ejerciendo soberanía; muy por el contrario, una facción elitista que se acomodó en la estructuración constitucional originaria es la que ha hegemonizado y extraviado el poder a fin de resguardar aquel puñado de privilegios tramposamente obtenidos. Esto lo ha hecho parapetándose en ciertos dispositivos constitucionales y el diseño institucional, a fin de neutralizar la conflictividad propia de lo político, sin perjuicio de ratificar la sutil dominación que se ejerce sobre las clases desplazadas y subalternas.

Siendo ello así, lo dicho no hace sino graficar lo insostenible que resulta la desigualdad política en la que actualmente transitamos y ante la cual la Constitución de 1980 permanece inocua; aquel problema de diseño constitucional en la que la voz de algunos vale más que la de otros. Paradójicamente, bajo la actual Constitución, es la voluntad popular la que recibe el tratamiento de minoría carente de capacidad política puesto que el pueblo se ve impedido de su agencia política.

Es por estas consideraciones que es posible explicar la desafección, la ausencia de respeto y de reconocimiento del actual texto constitucional, así como también del régimen institucional que instauró, porque precisamente la clase de decisiones consolidadas y posteriormente impuestas por el constituyente que residió formalmente en la Junta de Gobierno no representan a una porción significativa del pueblo, por la sencilla razón de que  éste no fue partícipe de dicha decisión.

[cita] Un cambio constitucional sustantivo es necesario para prefigurar un nuevo modelo de sociedad democrática e inclusiva que nos proyecte hacia el futuro participando de lo común. Una nueva Constitución que posibilite lo que Axel Honneth denomina el reconocimiento jurídico, esto es, que los grupos hegemónicos aventajados y las instituciones que los amparan reconozcan la igual capacidad moral de los excluidos e invisibilizados para tomar decisiones y hacerse responsables de ellas. [/cita]

Dicho eso, hay entonces en el escenario sociopolítico actual, como aseveró Alain Badiou, una ficción de legitimidad política justificada a través del simulacro del sufragio. Siendo ello así, una nueva Constitución dada por el pueblo en tiempos de democracia se hace necesaria para lograr reivindicar las pretensiones de participación popular y así acabar con este simulacro. Esto significa que la materialización de un cambio constitucional relevante debería operar como punto de comunión e inclusión entre los ciudadanos; surgiría así un genuino “nosotros” desde el cual proyectar el futuro del país.

Expuesto lo anterior, la Constitución vigente además de anular la democrática agencia política del pueblo, resulta  una barrera para la transformación social: la hace imposible. Un nuevo texto fundamental, genuinamente democrático, sin un techo ideológico que petrifique en ella el ideario político de un determinado sector de la sociedad, es condición necesaria para posibilitar en términos procedimentales la transformación social.

En  efecto, el actual texto constitucional deja fuera del marco de lo democráticamente decidible proyectos sociales y políticos que hacen sentido para la mayoría de la ciudadanía desde el retorno a la democracia. Tales circunstancias explican, entonces, el por qué la mayoría de las discusiones políticas sustantivas terminan siendo decididas y definidas de la mano de abogados constitucionalistas y jueces del Tribunal Constitucional, y no de la ciudadanía. Estas sería, entre otras y solo a modo ejemplar: si contar o no con métodos de anticoncepción de emergencia, si modificar estructuralmente nuestro sistema de pensiones, el sistema educativo o la previsión en materia de salud. Así, pues, esto se ha traducido en lo siguiente: actualmente no basta ganar elecciones y aplicar el principio democrático y la regla de la mayoría para adoptar decisiones en estas materias, desde el momento que se requiere contar no solo con la venia de quienes se oponen a las transformaciones, sino que también, con el visado eventual de los jueces constitucionales.

Con todo, no proponemos convertir la actual Constitución de revancha reaccionaria en un texto que cristalice el ideario socialista; sino que permita, según la decisión democrática de cada momento, la transformación social allí donde la emancipación humana sea posible. Bajo tales condiciones, una Constitución democrática, contrahegemónica, sin dispositivos neutralizadores y que sea genuina decisión popular es necesaria para que las elecciones tengan sentido, para que la igualdad política sea posible y para que la comunidad política se constituya como tal, deliberando permanentemente sobre sus decisiones políticamente relevantes.

En suma, bajo este paradigma, un cambio constitucional sustantivo es necesario para prefigurar un nuevo modelo de sociedad democrática e inclusiva que nos proyecte hacia el futuro participando de lo común. Una nueva Constitución que posibilite lo que Axel Honneth denomina el reconocimiento jurídico, esto es, que los grupos hegemónicos aventajados y las instituciones que los amparan reconozcan la igual capacidad moral de los excluidos e invisibilizados para tomar decisiones y hacerse responsables de ellas.

Parafraseando a Toni Negri, esta nueva decisión en la que estaremos involucrados todos como pueblo, es necesaria para establecer los criterios de ordenación que exige la demanda por la transformación social, dentro y más allá de su propia realización. Y esta no es una pretensión extraordinaria, revolucionaria o especialmente exigente, es simplemente una demanda democrática.

* El presente texto corresponde a un extracto de la introducción redactada por los autores para el volumen colectivo: “Propuestas para una nueva Constitución (originada en democracia)”, publicado por el Instituto Igualdad, el Departamento de Derecho Público de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile y la Fundación Friedrich Ebert. Una versión previa y modificada fue publicada antes en Revista Red Seca(www.redseca.cl).

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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