BRAGA

Hacia una justicia con perspectiva de género que permita ‘‘entender la realidad de las víctimas’’

En febrero de 2021, se conoció el fallo en contra del juez Luis Barría Alarcón, acusado por trabajadoras del Juzgado de Garantía de Rancagua por acoso sexual y laboral. La única medida que se tomó fue la suspensión del magistrado durante tres meses. Debido a este caso, y muchos otros, diversas agrupaciones han señalado la necesidad de incluir el enfoque de género en nuestro sistema de justicia. Esto podría volverse una realidad con el artículo 14 aprobado por la Convención Constitucional.

El trabajo que la Convención Constitucional ha estado realizando estos últimos meses, representa una nueva oportunidad para consagrar derechos fundamentales por los que las mujeres han luchado históricamente. 

Unos de los artículos aprobados en materia de género por el órgano constituyente, y que ya forma parte del borrador de la Carta Magna que será presentado en el plebiscito de salida, es aquel que establece la paridad y el enfoque de género en el Sistema de Justicia.

Concretamente, el artículo 14 señala que, “la función jurisdiccional se regirá por los principios de paridad y perspectiva de género. Todos los órganos y personas que intervienen en la función jurisdiccional deben garantizar la igualdad sustantiva”. Además, la norma sostiene que todos los tribunales, independiente de su competencia, deben resolver con enfoque de género. 

Cabe destacar, que si la nueva Constitución consigue la aprobación de la ciudadanía, Chile será el primer país en consagrar la perspectiva de género y la conformación paritaria como un principio del ejercicio de la jurisdicción. 

Para conocer los principales ejes y estereotipos de género que busca erradicar esta norma del actual sistema judicial de nuestro país, El Mostrador Braga conversó con la abogada y constituyente del Distrito 21, Vanessa Hoppe; y con la socia fundadora del estudio jurídico AML Defensa de Mujeres, Daniela López. 

Por y para hombres

En primer lugar, ambas expertas señalan que la importancia de consagrar la paridad y perspectiva de género en el Sistema de Justicia, se debe a que históricamente las mujeres han sido excluidas de diversos espacios sociopolíticos.

‘‘El constitucionalismo clásico, de corte principalmente liberal, no contempla a la mujer como sujeta política ni como sujeta de derechos en su creación, así como no lo hace con otros grupos subordinados al poder político masculino’’, comenta Vanessa Hoppe.

A juicio de Daniela López, esto provoca principalmente que ‘‘las normas están hechas para proteger los derechos e intereses del hombre blanco, heterosexual y profesional’’. Esto ha generado diversos estereotipos de género, los cuales afectan en su mayoría a mujeres y grupos invisibilizados históricamente.  

‘‘Cuando penetran en el sistema judicial -los estereotipos- lo distorsionan, perpetuando las asimetrías sociales entre hombres y mujeres y con ello, negando un derecho o beneficio, imponiendo una carga, marginando a una persona o vulnerando su dignidad’’, agrega la abogada de AML. 

Frente a estas problemáticas, se han tratado de buscar diversas soluciones, una de ellas es el ‘‘Cuaderno Buenas Prácticas para incorporar perspectiva de género en la administración de Justicia’’, que tiene como objetivo entregar herramientas con tal enfoque a quienes imparten justicia. 

Sin embargo, Daniela López señala que aunque se trata de un buen material, utilizarlo es solo una opción. ‘‘Lamentablemente, queda a voluntad de quienes quieran implementar estas buenas prácticas y lo que nos demuestran los diversos estudios es que existe una cultura en el sistema judicial de rechazo y negación a aplicar la perspectiva de género’’. 

Los alcances de la norma 

La convencional del Distrito 21, explica que principalmente la norma busca ‘‘evolucionar en un sistema que permita a juezas y jueces detectar posibles creencias sesgadas, basadas en estereotipos que generan, en ocasiones, sentencias cargadas de prejuicios’’.

Hoppe señala que esto ‘‘obligará a entender la realidad de las víctimas, en lugar de cuestionar las circunstancias de su actuar’’ o exigir un comportamiento determinado, ‘‘como el de ser la víctima perfecta”. 

Otros puntos cruciales que busca resolver este artículo, es prevenir la revictimizacion de las mujeres y diversidades sexo genéricas en el sistema penal, así como avanzar en el acceso a la justicia, ya que »mandata expresamente al Estado a adoptar medidas concretas y derribar las barreras actuales que existen», agrega la convencional. 

Cabe destacar que todas estas barreras han sido comprobadas a través de distintos estudios y sondeos realizados al sistema de justicia nacional. 

Por ejemplo, de acuerdo a las conclusiones del informe «Acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia usuarias del Poder Judicial» de la Secretaria de género y no discriminación de la Corte Suprema, ‘‘los estereotipos se presentan en los conceptos y en las relaciones que se establecen entre los actores jurídicos y en las decisiones judiciales mismas». 

Fallos sin perspectiva de género

Caso Antonia Barra

El caso de Antonia Barra, joven que se suicidó tras denunciar a Martín Pradenas Dürr de haberla violado, es un claro ejemplo de cómo el machismo puede afectar en el ámbito judicial y en sus resoluciones. 

Tras las primeras audiencias que se llevaron a cabo en contra de Pradenas en julio del 2020, se pudo observar como la defensa del acusado por agresión sexual centró su estrategia en la vida sexual de Antonia Barra, minimizando la responsabilidad de Martín en el hecho. 

Esto provocó que el Juzgado de Garantía de Temuco no otorgará la prisión preventiva a Pradenas, y solamente se determinó arresto domiciliario total. Este hecho despertó rápidamente las reacciones de organizaciones feministas, e incluso de figuras políticas públicas, quienes criticaron la decisión del Juzgado, ya que constituía una pésima señal para todas las víctimas de violencia sexual. 

Por ejemplo, a través de sus redes sociales la próxima ministra de la Secretaría General de Gobierno, Camila Vallejos señaló, ‘‘volvemos a recordar el himno de Las Tesis… son los jueces. Cómo las mujeres se van a atrever a denunciar si ven que la justicia no les cree, no las acompaña. Nuevamente, el patriarcado juzga a las mujeres y no a los violadores #JusticiaParaAntoniaBarra’’. 

Debido a la presión ejercida por diversas manifestaciones que fueron organizadas por agrupaciones de mujeres frente al fallo, finalmente la Corte de Apelaciones de Temuco  ordenó la prisión preventiva de Martín Pradenas por considerarlo un peligro para la seguridad de la sociedad. 

Caso Luis Barría

En febrero de 2021 se dio a conocer el fallo en contra de Luis Barría Alarcón, magistrado acusado de acoso sexual y laboral hacia trabajadoras del Juzgado de Garantía de Rancagua. Sin embargo, la sentencia de Barría solamente lo suspendió por tres meses de sus funciones. 

Este hecho causó la indignación y sentimiento de injusticia de las víctimas del juez, ‘‘me dio pena, todo esto es una burla, es como si nosotras fuéramos basura y que cualquiera puede venir a tocar nuestro cuerpo. Él lo va a seguir haciendo. Es alguien enfermo’’, relató una de las denunciantes anónima a La Otra Diaria. 

Además, debido a Barría es reconocido por su participación en casos emblemáticos como, Caval o la formalización por violación de el ex canciller del Arzobispado de Santiago, Óscar Muñoz Toledo, las victimas reconocieron sentirse con temor al haber denunciado, ya que como consecuencia podrían experimentar represalias contra ellas.

Pasado los tres meses de suspensión, el panorama no mejoró. El 1 de julio del 2021, la Corte Suprema, como medida para ‘‘proteger a las víctimas’’, decidió trasladar al juez Luis Barría y nombrarlo relator de la Corte de Apelaciones de Rancagua. 

Por este tipo de casos, es que consagrar la perspectiva de género en el Sistema Judicial se vuelve algo fundamental para garantizar la protección de las mujeres y mejorar el acceso a justicia para ellas. 

Para Vanessa Hoppe esta aprobación va en la dirección correcta, ya que, ‘‘incorporar el enfoque de género implica hacer transformaciones que permitan ampliar el pacto social. Abordar las inequidades que tienen su origen en el sexo y darles una solución institucional y normativa, que permita disputar constitucionalmente los roles de género’’.

Siga aquí los avances del borrador de la nueva Constitución.