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Aplicación de la Ley 20.945 que perfecciona el Sistema de Defensa de Libre Competencia Opinión

Aplicación de la Ley 20.945 que perfecciona el Sistema de Defensa de Libre Competencia


El 30 de agosto de 2016 entró en vigencia la ley N° 20.945 que perfecciona el Sistema de Defensa de Libre Competencia. Esta ley introduce una serie de modificaciones al Decreto Ley N°211 que fija las normas para la defensa de la libre competencia, importantes de tener en consideración.

Primeramente, la ley establece que las adquisiciones de una empresa que superen el 10% el capital de una empresa competidora, deberán ser informadas a la Fiscalía Nacional Económica (FNE). Se establece un plazo para informar las operaciones ya realizadas, el cual, venció el 26 de febrero de 2017.

La ley agrega un capitulo completo relacionado con las operaciones de concentración, estableciendo una definición amplia de éstas, cuya característica principal apunta a la pérdida de independencia entre dos o más agentes económicos que no formen parte de un mismo grupo empresarial. A su vez, establece que las operaciones de concentración que produzcan efectos en Chile deben informarse previamente al FNE para su evaluación y aprobación, estableciendo cuantiosas multas para quienes infrinjan esta obligación, las que pueden llegar a 20.000 UTA aproximadamente unos USD18 millones ̶ por cada día de retardo.

La aplicación de esta ley ya tiene una sancionada. En efecto, en abril de este año, la FNE multó a Mainstream con 33.5 UTA, pues, estimó que esta empresa no había cumplido con su obligación de informar oportunamente su participación en el joint venture formado por Aela Energía y otras empresas. La multa es pequeña ya que la FNE no identificó efectos relevantes en el comportamiento del mercado y la empresa no es reincidente, sin embargo, la FNE obligó a Mainstream a publicar el acuerdo en su sitio web y en el de la FNE al menos por 15 días para lograr efectos disuasivos de estas conductas.

El acuerdo extrajudicial logrado por la FNE con Mainstream fue aprobado recientemente por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.

Con todo, la aplicación de estas nuevas normas podría requerir de una revisión exhaustiva de las actuales participaciones en la propiedad de las empresas eléctricas en Chile.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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