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Minagri logra fallo histórico en combate contra ingreso ilegal de productos agrícolas


En un fallo histórico y que viene a marcar un importante precedente en la protección del patrimonio fito y zoosanitario del país, el Juzgado de Garantía de Pozo Almonte, Región de Tarapacá, condenó por los delitos de propagación de enfermedades o plagas que afecten a la salud animal o vegetal, a dos personas que en enero de 2009 ingresaron de forma ilegal al país, por un paso no habilitado, 1.500 kilos de mangos y 350 kilos de limones infectados con larvas de Mosca de la Fruta.

El ministro de Agricultura, José Antonio Galilea, destacó la determinación del tribunal nortino, calificando el fallo como histórico y de gran relevancia, además de una clara advertencia para quienes intentan poner en riesgo la sanidad vegetal del país.

«Con esta sentencia se ha logrado un fallo sin precedentes y de gran relevancia para el SAG, en su condición de entidad encargada de velar por la conservación del patrimonio fito y zoosanitario», dijo el ministro.

Los imputados identificados como Celia García Choque y Odilón Edwin Sánchez Sánchez, fueron condenados a 61 días por el delito de contrabando y a 301 días de presidio menor en su grado mínimo por propagación de enfermedades o plagas.

La acción condenatoria es el resultado del trabajo impulsado por el Ministerio de Agricultura, a través del Servicio Agrícola y Ganadero en coordinación con Carabineros de la Subcomisaría Colchane, quienes detectaron en un patrullaje preventivo efectuado en el cruce Cariquimala internación ilegal de los productos agrícolas, que además estaban infectados con larvas de Mosca de la Fruta.

Ante esta situación, el SAG interpuso una querella criminal en contra del conductor y la propietaria del vehículo y todos quienes resultaran responsables del presunto delito de propagación de enfermedades tipificado en el Código Penal. A esta acción legal se sumaron el Gobierno Regional de Tarapacá, el Servicio Nacional de Aduanas y la Asociación de Exportadores (Asoex).

Cabe destacar que los imputados fueron condenados en virtud de los artículos 168 y 289 y siguientes del Código Penal, que tipifican y establecen las sanciones para los delitos de Contrabando y Propagación de Plagas, quedando sometidos a remisión condicional por el período de un año.

upi/jp/jn

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