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Empresas de transporte público licitado condenadas por prácticas antisindicales


El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, y la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, anunciaron esta mañana la nómina de las 19 empresas condenadas judicialmente por prácticas antisindicales durante el primer semestre de 2013, entre las cuales se encuentran Inversiones Alsacia S.A y Express de Santiago Uno S.A., ambas empresas del transporte público licitado.

Dichas empresas vuelven a aparecer en la nómina de empresas infractoras por prácticas antisindicales o desleales que afectan la libertad de asociación de los trabajadores ya que desde el segundo semestre de 2010 no tenían condenas registradas por el servicio.

Los ilícitos son separación ilegal de un trabajador con fuero sindical en el caso de Express de Santiago Uno S.A. y presiones para conducir la afiliación a un sindicato determinado en el caso de Inversiones Alsacia S.A. En ambos casos, el tribunal de justicia decidió aplicar a las compañías una multa de 100 UTM.

La directora del Trabajo explicó que a efectos de las condenas, además de las multas económicas que como máximo ascienden a 150 UTM, se les aplica a dichas empresas «el impedimento de postular y, por lo tanto, contratar licitaciones con el Estado por un plazo de dos años».

Preguntada acerca de la incongruencia de que dos empresas de transporte público licitado resulten condenadas por los tribunales de justicia, la abogada y directora del Trabajo señaló que «hay una ley, que es la 18.696 que es licitación pública de las concesiones de vías y esta ley, si bien establece normas mínimas en las bases de licitación para los trabajadores del transporte y logramos, por primera vez, colocar el ámbito laboral en una licitación pública, no aplica el artículo 4 de la ley de compra, por lo tanto, ellas pueden seguir contratando».

Al respecto, Sánchez agregó que «no obstante, porque tienen una norma y un ordenamiento jurídico distinto, es una licitación de concesiones de vías públicas no está en la ley de compras públicas, por lo tanto, la empresa no tendría ningún problema en seguir funcionando, no es aplicable el que durante los dos años después no pueda licitar con el Estado, porque son concesiones muy distintas, no va por el mercado público, no está en Chile Compra, es una norma distinta».

upi//

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