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Senado concluye despacho de ley sobre televisión digital con aprobación de veto presidencial


La Sala del Senado concluyó la votación de las observaciones presentadas por el Ejecutivo al proyecto de ley de televisión digital, con lo que el mensaje queda en condiciones de ser promulgado.

Cabe recordar que en la sesión de ayer martes se había comenzado a votar el veto presidencial y hoy se despacharon las cinco observaciones que restaban.

Uno de los puntos que concitó mayor consenso, con 24 votos a favor, fue la aprobación de la incorporación de los permisionarios de servicios limitados de televisión, es decir, incluir a los operadores de cable en las multas por las infracciones a las normas de la ley y a las que el Consejo Nacional de Televisión dicte.

Fue fuertemente criticada la eliminación de la frase «a su uso y goce está orientado a satisfacer necesidades públicas y colectivas de toda la sociedad», texto referido al espectro radioeléctrico como bien nacional, cuyo dominio pertenece a toda la nación. La que sin embargo fue respaldada por 15 votos a favor, 10 en contra y 1 abstención-

A juicio del senador Alejandro Navarro (MAS) con esta omisión se prohíbe que se oriente a las necesidades públicas y colectivas y se privilegia el «individualismo puro». «Este es el corazón y la esencia de este veto (…) Revela el abuso de la monarquía presidencial».

Postura similar manifestó el senador Guido Girardi (PPD) y recordó que el texto fue redactado por el ministro y el subsecretario de telecomunicaciones, por lo que «el presidente no nos está vetando a nosotros solamente», indicó y adelantó que será tema de debate para la próxima administración.

Tras el despacho de la iniciativa el Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázuriz agradeció a todos quienes participaron activamente en la tramitación y destacó la gran cantidad de sesiones efectuadas para el análisis de la ley, asimismo valoró el rol de la Comisión de Transportes y Telecomunicaciones del Senado.

EL VETO

Algunas de las observaciones analizadas estuvieron referidas a:

La inclusión del respeto a los pueblos originarios en el correcto funcionamiento del servicio.

Se eliminó el «promover en los contenido entregados», para lo referido al pluralismo, que con la ley se entenderá como «el respeto a la diversidad social, cultural, étnica, política religiosa, de género, de orientación sexual e identidad de género, siendo deber de los concesionarios y permisionarios de servicios de televisión».

También quedó fuera de la ley el «(…) se entenderá el correcto funcionamiento como el respeto y promoción, a través de su programación, de los derechos, culturas, lenguas y dignidad de los pueblos originarios, la no discriminación y su expresión en la igualdad de derechos y trato entre los pueblos».

Con respecto a las campañas de interés público se restringió a «una sola vez» la limitación de cinco semanas al año de la renovación que sea necesaria.

También se agregó que las concesionarias podrán determinar la forma y contenido de los spot, pero los someterán a aprobación previa del Consejo.

Asimismo, se sacó a las entidades religiosas de las organizaciones que no podrán ser concesionarios locales de carácter comunitario.

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