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Libro «La disposición constitucional octava transitoria es inconstitucional» CULTURA

Libro «La disposición constitucional octava transitoria es inconstitucional»


Adolfo Paúl ya nos tiene acostumbrados a trabajos como éste, acuciosos y rupturistas.

Por una parte, acuciosos porque suele agotar toda la información disponible para reforzar su argumentación. Por otra,  rupturistas, porque sus tesis son siempre “políticamente incorrectas”, es decir contrarias a la percepción generalizada sobre los temas jurídicos que el autor trata.

Y si los asuntos que aborda en sus libros son nada menos que los problemas jurídicos implicados en las procesos a militares relativos a violaciones a los derechos humanos, la polémica debiera estar asegurada.

Pero no. Los planteamientos de Paúl, siempre incisivos, no han sido motivo de discusión ni en el foro, ni en las universidades. Incluso cuando publica muy frecuentes cartas en los periódicos   -y en este libro la segunda mitad del volumen está dedicada a esa fuente-    no aparecen los contradictores que se atrevan a enfrentar las tesis de Paúl. Misterio.

Esta vez no se queda corto con relación a las aportaciones anteriores: considera inconstitucional la coexistencia de dos sistemas procesales penales antagónicos, como son el antiguo y el nuevo; aquél, el aplicado a diario en los juicios a los militares, y éste, al resto de la población. Paúl expone dos argumentos dignos de consideración: la igualdad ante la ley y el debido proceso. En ambas dimensiones, Paúl argumenta desde la doctrina (citando también al derecho internacional) en el contexto de las normas constitucionales contrastadas entre sí, y con la ayuda de algunas sentencias. Su lenguaje es directo, filudo, no se ahorra adjetivos ni juicios condenatorios. Es un legítimo enojo jurídico el suyo.

Y ese enojo del autor se extiende al Tribunal Constitucional, por haber rechazado los requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la disposición octava transitoria de la propia Constitución, así como del artículo 483 del Código Procesal Penal.

¿Puede llegar a tener éxito lo que Adolfo Paúl plantea con tanta valentía en este libro, es decir la igualación de todos los procedimientos procesales penales? No, me temo que por ahora, no. Son demasiado extensos los intereses políticos en la materia como para que una acertada tesis jurídica  -la de Paúl-   pueda obtener reconocimiento en el Chile actual. Habrá que esperar un buen poco. Una pena.

Adolfo Paúl, La disposición constitucional octava transitoria es inconstitucional, El Roble, Santiago, 2018, 200 páginas.

Gonzalo Rojas Sánchez. Profesor Universitario. Foro Republicano.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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