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SVS sanciona a directores de Endesa en Pehuenche por vulnerar la ley de sociedades anónimas

En el marco del contrato para suministro eléctrico por 14 años firmado entre Pehuenche S.A. y su matriz, ENDESA Chile, controlada por la italiana ENEL. Tricahue, principal accionista minoritario de Pehuenche, inició causas legales denunciando el hecho, que, a la fecha, habría provocado pérdidas a la eléctrica por más de US$ 330 millones.


Tras constatar el incumplimiento de la Ley de Sociedades Anónimas, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) resolvió sancionar a los seis directores de ENDESA Chile en la Empresa Eléctrica Pehuenche S.A., por el proceso de suscripción de un contrato de suministro eléctrico entre esta última con su empresa matriz ENDESA Chile – controlada por la italiana ENEL -, el cual aprobaron vulnerando la Ley 18.046 de Sociedades Anónimas, lo que, a juicio de los reclamantes, ha significado perjuicios para esta sociedad que, a la fecha, ascienden a más de US$ 330 millones.

La SVS aplicó una multa de U.F. 300 a los Directores Pedro Gatica, Osvaldo Muñoz y Enrique Lozán, mientras que Claudio Iglesis, Alan Fischer y Alejandro García -también Directores y, además, miembros del Comité de Directores de la sociedad-, recibieron una multa de U.F. 400.

El fallo contra los Directores de Pehuenche se sustenta en “no haber verificado que el contrato de Venta de Energía y Potencia suscrito entre Empresa Eléctrica Pehuenche S.A. y su matriz ENDESA con fecha 19 de noviembre de 2007 se celebraba en condiciones de equidad que prevalecen habitualmente en el mercado”, de acuerdo a lo que consignó el fallo firmado por el Superintendente, Fernando Coloma.

Asimismo, agrega que “esta Superintendencia se ha formado la convicción de que los Directores de Pehuenche S.A. no cumplieron con el deber de diligencia (…) de la Ley de Sociedades Anónimas”.

Entre las múltiples consideraciones de la SVS para su fallo, se cuenta la vulneración del artículo 42 Nº 4 de la Ley de Sociedades Anónimas, que indica que los Directores ‘no podrán presentar a los accionistas cuentas irregulares, informaciones falsas y ocultar información’. Al respecto, la Superintendencia fustigó el hecho de que el Directorio consignara en su Acta que se dio lectura y por aprobado el “informe” del Comité de Directores que recomendaba suscribir el contrato. Sobre ello, la SVS fue clara al indicar que “no existió informe alguno por parte del Comité de Directores’.

“(…) Este Organismo considera que los directores infringieron el artículo 42 N° 4 toda vez que la información ahí consignada no se corresponde a la realidad y es falsa ya que, conforme a lo establecido en el artículo 54 de la Ley de Sociedades Anónimas, al haber sido dicha información puesta a disposición de los accionistas para su examen, implicó presentarles información falsa”, sentenció el fallo de la SVS contra los Directores de ENDESA en Pehuenche.

Del mismo modo, la Superintendencia rechazó la retractación notarial del gerente general de Pehuenche, respecto de su primera declaración en que señaló que sus interlocutores en la negociación del contrato eran los señores Iglesis y Fischer, en su calidad de ejecutivos de ENDESA, siendo en forma simultánea, directores de Pehuenche S.A.

Los directores sancionados de Pehuenche, todos funcionarios de ENDESA Chile al 19 de noviembre de 2007, aprobaron en esa fecha un contrato firmado por ambas empresas -filial y matriz-, por un plazo de 14 años, para el suministro de electricidad correspondiente al 75% de la energía generada en un año seco.

Para el periodo 2008-2010, el contrato contemplaba la venta de energía a un precio igual al costo marginal del Sistema Interconectado Central (SIC), menos US$ 10 por MWh. con un tope máximo de US$ 175 por MWH. En tanto, el precio para el periodo 2011–2021 era de US$ 61 por MWh, casi la mitad de lo proyectado a largo plazo por la Comisión Nacional de Energía (US$ 111 por MWh) en esa fecha.

Adicionalmente a lo anterior, el sistema de reajuste se basó en el CPI (IPC de Estados Unidos), en vez de hacerlo en base los combustibles alternativos para la generación eléctrica, como son el carbón y los derivados del petróleo.

El caso, se inició cuando Tricahue S.A. solicitó infructuosamente a Pehuenche S.A. conocer los términos de la eventual negociación con ENDESA Chile, petición que fue denegada en reiteradas oportunidades por la administración. El contrato fue finalmente conocido por Tricahue S.A., recién un año después de su firma, al ser acogida una demanda por el Cuarto Juzgado Civil de Santiago en la cual se solicitaba “decretar la medida prejudicial de exhibición del documento (Contrato Pehuenche – ENDESA) a la sociedad Inversiones Tricahue S.A.

Una vez exhibido el convenio, “pudo constatarse el carácter abusivo y perjudicial del acuerdo, para los intereses de Pehuenche y donde ENDESA ganaba a todo evento”, indicó el Gerente General de Tricahue, Claudio Lobos.

Inversiones Tricahue S.A. tiene como única inversión las acciones de Pehuenche S.A., ya que esta empresa se formó por profesionales y trabajadores que laboraron en el proyecto de la central Pehuenche y que compraron estas acciones a CORFO, como un mecanismo de ahorro y aseguramiento de su jubilación.

Ante este dictamen de la Superintendencia de Valores y Seguros, respecto a la denuncia formulada por accionistas minoritarios, el Gerente General de Tricahue S.A. manifestó: “Estamos satisfechos por la decisión adoptada por la SVS. Ha quedado demostrado que los directores de ENDESA en Pehuenche S.A. vulneraron las leyes, al descuidar los intereses de la sociedad y por entregar información falsa a los accionistas minoritarios.

“Este es un exitoso paso de varios que hemos iniciado los accionistas minoritarios, para hacer justicia”, agregó Lobos, en referencia otras acciones ya iniciadas, como el arbitraje solicitado para anular el contrato y la denuncia penal presentada ante la fiscalía correspondiente.

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