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Las falacias sobre el divorcio en Chile

Las personas tienen la obligación de exigir ser ellas las que tomen sus decisiones morales con libertad. ¿Por qué se reclama la libertad de mercado y no se acepta la libertad moral? ¿Acaso la pobreza no implica vulneración grave de las posibilidades de desarrollo humano? Es justamente en el olvido de esas situaciones donde se ve el doble estándar.


La discusión sobre el divorcio se realiza casi siempre en un campo de batalla minado. Los prejuicios, las tomas de partido ideologizadas que intentan aplicar desde lo alto abstracciones normativas y se niegan a considerar la dura realidad de los hechos o el desarrollo de estrategias discursivas que apenas ocultan un doble estándar moral constituyen una modalidad frecuente.



Por ello empecé a leer con interés un articulo de opinión que publicó en La Tercera la abogada Olga Feliú, pues hacía referencia a estudios empíricos realizados sobre los efectos del divorcio en los niños. Inicialmente pensé que contendría alguna referencia a la situación chilena, donde hace mucho tiempo existe la institución social del divorcio aunque sea nombrada de otro modo y no exista su reconocimiento jurídico.



Pero no. La articulista decidió otorgarle el peso de prueba empírica a unos estudios que comprenden 152 familias en Exeter, Inglaterra, y la mención de otros estudios sobre 5 mil casos de abusos ocurridos en Inglaterra entre 1977 y 1990, sobre un universo que no se precisa, con lo que el dato es imposible de ponderar.



No quiero desvalorizar el hecho que en trece años 5 mil niños hayan sido abusados por sus padres sustitutos. Pero quien usa la información debe decirme qué porcentaje representa esa cantidad para poder saber cuál es la magnitud del problema. Se trata, de todos modos, de un asunto digno de consideración, pues un niño abusado es un hecho absoluto como dolor humano, tal como lo es un solo detenido desaparecido o un solo caso de tortura.



Sin embargo, con datos de Inglaterra o acudiendo como principio de autoridad al libro de Edward S.Williams The great divorce controversy, no se puede discutir con propiedad sobre la situación del matrimonio o de los efectos del divorcio, el actual o el futuro, sobre los niños chilenos. Como ya dije, insisto en hablar de divorcio en Chile sabiendo que incurro en una imprecisión jurídica. Pero ella es puramente formal, porque la institución de la anulación produce también efectos sobre niños y miembros de la pareja, pero sin proporcionar ninguna de las ventajas que podría tener la existencia de una ley de divorcio que regulara las relaciones de los niños que viven con padres sustitutos, o de las mujeres afectadas.



Estoy de acuerdo que es necesario tener una preocupación activa por la sobrevivencia de la familia como núcleo de desarrollo de una afectividad equilibrada de los niños. Esto es especialmente importante en las sociedades capitalistas actuales, en las que han aumentado considerablemente los riesgos e incertidumbres sociales. La familia tiene un papel decisivo para prepararlos a vivir una vida laboral o profesional y unas relaciones sociales que tensionan y presionan las estructuras de personalidad, tendiendo a desequilibrarlas.



Pero ese papel lo pueden jugar tanto la familia originaria como la familia sustituta. No creo que muchos especialistas en salud mental estén dispuestos a sostener, como Olga Feliú, que el niño prefiera como regla general soportar el conflicto dentro de su familia originaria a la opción de un grupo familiar alternativo donde pueda encontrar un ambiente más armonioso.



Por supuesto que cada caso depende de condiciones especificas y particulares, pero me parece que muchas veces la actitud menos egoísta de los padres frente a sus hijos cuando la pareja enfrenta conflictos irreparables es preocuparse porque ellos puedan vivir en ambientes de paz o de conflictos regulados. Muchos padres se divorcian pensando en sus hijos y crean una nueva pareja tomándolos en consideración. Y tienen razón, pues el núcleo familiar es productivo para el niño cuando está sano, pero puede serle muy negativo cuando está enfermo.



Pero la familia no solo existe para el desarrollo de los niños. También existe para que los miembros de la pareja puedan alcanzar niveles de realización afectiva, amistosa y sexual. Los católicos practicantes podrán, en función de la promesa de salvación eterna, contentarse con soportar relaciones familiares sacrificiales, como aquéllas donde existen niveles agudos de incomprensión en la pareja o alguno de los cónyuges está sometido a violencia física o psíquica. Pero no tienen derecho a imponérselas a quienes no comparten la creencia en otra vida, o a aquellos que profesan una fe religiosa con una moralidad distinta.



Las personas tienen la obligación de exigir ser ellas las que tomen sus decisiones morales con libertad. ¿Por qué se reclama la libertad de mercado y no se acepta la libertad moral? ¿Acaso la pobreza no implica vulneración grave de las posibilidades de desarrollo humano? Es justamente en el olvido de esas situaciones donde se ve el doble estándar.



El capitalismo, al prescindir de la lógica de las necesidades, arrastra a muchos seres humanos a un situación peor que la muerte, que es la de la mutilación de la vida. Pero para eso se reclama libertad, cuando lo que correspondería reclamar es justicia social. Y se exige sometimiento cuando la persona enfrenta el problema crucial de su vida, que es el desarrollo de su espíritu, una de cuyos centros neurálgicos es la afectividad. Ahí se le obliga a aceptar el peso del contrato, se le aplica el código civil.



En efecto, Olga Feliú argumenta en defensa de la lógica del contrato para condenar la decisión unilateral del divorcio. Pero sabe muy bien que las condiciones para que esa facultad pueda ejercerse exigirán años de separación de hecho. Lo único que queda en esos casos es la exterioridad del contrato, pues su realidad ha muerto.



La aplicación del rigorismo moral, disfrazado de protección de valores jurídicos, lleva a lamentar esa situación como si fuera a crear una terrible crisis. En verdad la tal destrucción ya está realizada, esa pareja no existe más que en las mentes formalistas. El divorcio unilateral, al contrario, permitirá darle estabilidad a algunas parejas de hecho que no han podido legalizarse. En vez de ser un drama nacional, solucionara problemas de personas concretas y de sus hijos.



El artículo que comento prescinde de manera olímpica de la forma en que actualmente se resuelve el problema de las crisis de pareja, la fórmula de las anulaciones. Ella introduce una corrupción en el sistema judicial, no protege adecuadamente a las mujeres y a los niños y es socialmente discriminatoria.



También afecta negativamente la tasa de nupcialidad. En 1995 se realizaron en Chile 87 mil 205 matrimonios, y en 1999 solo 67 mil 765. Por supuesto que por falta de estudios no hay pruebas concluyentes que la dificultades de disolver el contrato sean el factor principal que ha empujado esta caída, pero constituye un hipótesis bastante plausible.



Al contrario de lo que supone la articulista, la existencia de una ley de divorcio no va a crear ningún drama ni hará pagar a Chile ningún costo apocalíptico. Como es obvio, tampoco resolverá de manera mágica los actuales problema de la familia, los cuales están relacionados con las características del tipo de sociedad que vivimos.



Pero por lo menos permitirá el derecho a los ciudadanos a regir con libertad su vida personal, lo que es condición de una auténtica responsabilidad. Una libertad mucho más significativa que la del libre mercado. Oponerse a ella lleva a aplicar una moral del rigor, que es básicamente inhumana.



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  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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