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Editorial: Las mayorías y el contrapoder de la minoría


El núcleo de muchos problemas de nuestro sistema democrático se encuentra en la irrelevancia del debate público. Los procedimientos electoral y parlamentario no permiten el gobierno de las mayorías.



La exigencia de quórum especiales y reforzados para adoptar acuerdos por las cámaras parlamentarias, tienden a distorsionar ilegítimamente la voluntad popular. Las decisiones públicas más importantes tienen entre nosotros un carácter contramayoritario, desde la reforma de la Constitución hasta la designación del Fiscal Nacional, pasando por las designaciones de los integrantes del Tribunal Constitucional y la Corte Suprema, la aprobación de leyes orgánicas constitucionales (que, según la inverosímil jurisprudencia del Tribunal Constitucional pueden extender su ámbito de alcance indefinidamente), de tratados internacionales que incidan sobre esas materias, de las leyes de amnistía a delitos terroristas y la insólita exigencia de quórum de reforma constitucional para alguna futura modificación de la legislación electoral.



Así, el Gobierno, no obstante su mayoría en el Congreso, no puede implementar judicialmente su política criminal ni su concepción del orden legal y constitucional, y toda su política legislativa se encuentra expuesta al riesgo de ser calificada como materia de aprobación contramayoritaria.



La actual cultura jurídica chilena olvida que el principio contramayoritario sólo resulta legítimo cuando es justificado por principios de justicia con peso equiparable al principio democrático. Es el caso de la protección de los derechos humanos, y de algunos pocos temas relevantes más, siempre de carácter excepcionales. La idea de que esa protección se extiende a la minoría parlamentaria es ridícula: los intereses de la minoría dignos de protección contramayoritaria son sus derechos de participación en la formación mayoritaria de la voluntad general, no su concurrencia a la aprobación de toda decisión legislativa.



La Concertación es políticamente responsable por la validación de esta práctica política antidemocrática, al punto que hoy resulta casi obvio para todos los agentes legislativos asegurar un derecho a veto para todas las decisiones «importantes». Esta política contramayoritaria es de la esencia de la Constitución de 1980. La introducción de las leyes orgánicas constitucionales y el reforzamiento institucional de las reglas sobre las fuerzas armadas y el consejo de seguridad nacional, fueron la mejor expresión de la profunda desconfianza que sus autores tenían del principio democrático mayoritario. Esa desconfianza originó la cultura contramayoritaria que la Concertación contribuyó a afianzar, y que hoy es necesario modificar, como un paso más hacia la democratización de nuestra institucionalidad.

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