Publicidad

Ilegalidad y prepotencia de Minera Los Pelambres


La sentencia de la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que el viernes pasado anuló unánimemente el permiso entregado por la Dirección General de Aguas (DGA) a Minera Los Pelambres, para la instalación de un tranque de 1700 millones de toneladas de relaves mineros, evidencia un nuevo caso de discrecionalidad en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Esta situación perjudica severamente a agricultores, regantes y vecinos de Los Vilos, en la IV Región.



La autorización de noviembre del año pasado buscó ignorar que la empresa mencionada no podía acreditar la propiedad de derechos de agua ni los permisos de la DGA, para materializar el denominado «Proyecto Integral de Desarrollo», que no es otra cosa que un depósito de por vida para desechos como arsénico, cadmio, estroncio, óxido de silicio, cloro, óxido de aluminio, azufre, plomo, resultantes de la purificación del cobre de la mina emplazada en Portones.



El imperativo de acreditar la propiedad de derechos de agua es parte constitutiva de la Línea de Base previa a la formulación del proyecto mismo, y en este caso constituyeron un aparataje y una ficción de esta empresa del grupo Luksic, porque buscó la sustitución de derechos de agua de los regantes sobre una fuente permanente, natural y segura, a cambio de un suministro proveniente de un tranque de cola, dependiente de la pluviometría anual en una zona donde la lluvia es escasa y el agua se extrae de napas subterráneas, inmediatamente debajo del tranque de relaves, respecto del cual, la Corte destaca la inexistencia de garantías de que no contaminará, que «es claramente lesivo y perjudicial» y que «resulta evidente el daño que sufrirían (los regantes) de concretarse».



Lo expuesto en el fallo publicado por El Mostrador.cl cuestiona la gestión de la DGA, específicamente en el procedimiento de aprobación de este montaje, ya que transgrede los derechos constitucionales de los agricultores demandantes y los derechos de agua potable de los vecinos de Caimanes. Expone además al SEIA como un procedimiento que, sensible a presiones de diverso tipo, desregula el marco normativo y expropia derechos claramente estipulados en el Código de Aguas.



Así, la resolución judicial, de 3 votos contra 0, es una clara señal a las autoridades políticas y administrativas, en relación con una nueva irregularidad cometida en el SEIA. Obviamente se ha dañado gravemente la legitimidad de la institucionalidad ambiental, pero al mismo tiempo se ha entregado la oportunidad para que el Gobierno tome conocimiento detallado y disponga que sus servicios procedan de acuerdo a la ley. No es decente que en nuestro país ocurran presiones desde el sector político o de los actores económicos, para continuar esquivando el orden jurídico y atropellando derechos constitucionalmente consagrados.



Por este motivo, es impactante que Minera Los Pelambres vaya otra vez más allá de la ley y de la razón, y declare que «continúa con la normal ejecución de las obras», porque de esta manera está desafiando directamente las obligaciones dispuestas por los jueces, quienes resolvieron textualmente que «se niega la autorización para la construcción del tranque de relaves, por afectar los derechos de aprovechamiento de agua de los reclamantes».



En este trasfondo de excesivo peso del sector económico sobre la toma de decisiones en Chile, y tal como ha ocurrido en casos recientes, de no revertirse este tipo de situaciones de impunidad, los ciudadanos serán obligados otra vez a apelar a cortes internacionales, con el propósito de que, desde el imperio de los tratados suscritos por el país, se conmine al Estado a cumplir sus obligaciones y garantizar el Estado de Derecho.



________________________________



Sara Larraín. Directora del Programa Chile Sustentable

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias